CORTI! SUPRE..\:l:,\
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_188
Keywords / Subjects
ROBO
Ruling Text
192
FALLOS OE l.A
CORTI! SUPRE..\:l:,\
Alfredo
Luis
Chávez
-fs.
471-,
Hugo
Pascual
Luciani
-fs.
714-,
y Alvaro
Aragón
-fs.
720-,
respectivamente.
Sobre
el funcionamiento
de este
sitio
como
centro
clandestino
de detención
declararon
en la audiencia
Jorge
Federico
Watts,
Gui-
llermo
Alberto
Lorusso,
Estrella
Iglesias
Espasandín,
Faustino
José
Carlos
Fernández,
Juan
Antonio
Frega,
Horacio
Hugo
Russo,
Raúl
Eduardo
Contreras,
Daría
Emilio Machado,
Marina
Krischutzky,
Alc-
jandra
Nafta/,
Susana
María
Laxague,
Enriquc
Rodríguez
Larrcta
Martíncz,
Samuel
Leonardo
Zaidman,
Alfredo
Luis
Chávez,
Elena
Alfara, Ricardo
Daniel Wejchemberg,
Cecilia Vázquez de Lulzky,
R<J-
berlo
Osear
Arrigo,
Rolando
Alberto
Zanzi
Vigoroux,
Dora
Garín,
María
Angélica Pérez de Micflik, Juan
Farías,
Alvaro Aragón,
Javier
Antonio
Casaretto,
Juan
Carlos
Benítez
y Claudia
Niro.
Todos eslos
son acordes
al afirmar
que
el lugar
en el que
fue-
ron
privados
de su libertad
fue "El
Vesubio"
y en la descripción
que
del mismo
hicieran,
así como
tambicn
10 es Guillermo
Horado
Dascal 'al deponer
mediante
exhorto
d.iplomático
obran te en la causa.
Finalmente
y como
constancia
corroborante
de todo lo expues~
to, surge de la causa Nro. 2410/84
"Carballeda
de Cerruti,
Mar.ia del
Rosario
si denuncia"
del Juzgado
Federal
N? 1 de Morón,
Provincia
de Buenos
Aires, el testimonio
de María
del Rosario
Carballeda
de
Cerrutí,
quien
manifiesta
conocer
el
lugar donde
fuera
mantenida
ilegalmente
luego
de su secuestro,
como
"Puente
12", aportando
la
ubicación
exacta del mismo,
es decir, Autopista
Ricchicri
y Camino
de Cintura.
11) CENTROS
DEPENDIENTES
DE LA ARMADA
1) Escuela
de
Mecánica
de la Armada"
Situada
en el Casino de
Oficiales
ubicado
en la Avenida
del Libertador
General San Mal"tín,
lindante
con
la Escuela
Industrial
Raggio, en
Capital
Federal.
Se
halla
probado
que
dicho
lugar
funcionaba
como
centro
clandestino
de detención
y que
las personas
allí alojadas
eran cus-
todiadas
por personal
de la Armada
Argentina.
Ello se desprende
de