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DE J CSnCIA

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_249

Ruling Text

DE J CSnCIA DE LA NACIÓN 253 El 20. de agosto de 1976 cn la localidad de Fátima, Ruta N? 8, Km. 62, se hallaron varios cadáveres diseminados en el camino que une la mencionada localidad a la ruta' provincial N? 6, lo que dio origen a la causa N9 19.581 del Juzgado Federal de Mercedes; en total según el parte policial y demás diligencias eran treinta, diez del sexo femenino y veinte del sexo masculino. Todos presentaban heridas de bala en la cabeza y dos estaban totalmente destrozados por efectos de la explosión de un aparato que se hizo detonar. La inspección ocular da cuenta de~que las víctimas tenían las manos atadas y en el rostro tiras de género que le tapaban la visión. Sola_o mente cinco cadáveres fueron identificados, los restantes fueron inhumados en el Cen1enterio de Derqui como N.N. Las víctünas eran Inés Nocetti, Ramón Lorenzo Velez, Angel Osvaldo Leiva, Al- berto Evaristo Comas y Conrado Alzogaray. La causa se reabrió y a la fecha se encuentra en trámite. Referente a este tema, también existe otra causa N'? 22.193 "Actuaciones relativas por presunta violación al art. 255 del Código Penal" del Juzgado Federal de Mercedes. Esta causa se derivó de la anterior, con lnotivo del supuesto extravío ,de las fichas dactilos- cópicas de las vÍctilnas. En los referidos autos, se glosaron actuaciones del Registro Nacional de las Personas, dependencia esta que a raíz de otros pedidos formulados por otros tribunales, verificó que en di~iembre de 1981 por una orden del Sub Director Nacional se destruyeron 140.000 formularios sin confonnar, correspondientes a comunica- ciones de fallecimientos de individuos que hasta la fecha no habían logrado ubicarse en los ficheros numéricos, patronímicos y dac- tiloscópicos pertenecientes al Departamento Registros de "ese orga- nismo. A fs. 422 obra testimonio del Sub COlnisario Luis Weckesser, ex Jefe de la Sub Brigada Investigaciones, con asiento en Cam- pana. Manifiesta que para explicar esa modalidad de trabajo el declarante tiene presente que en aquel entonces era habitual he- chos como el descripto. Que obviamente, si en 1983 aparecen 30 cadáveres, las medidas que se adoptarían serían de otro carácter, pero en ese entonces no se justificaba la adopción de ninguna