DE JUSTICIA
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_305
Voces / Materias
EJECUCIÓN
DELITO
Texto del Fallo
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
309
dad a más de un procesado, permite un trata!TI-iento también común
de las distintas
cuestiones
de hecho. Ello tiene como consecuencia
que la relación
no responda
puntualnlente
a las cuestiones, lo que
evita una repetición
totalmente
innecesaria.
2.-
Descartado
como quedó que Jos hechos delictuosos respon-
dieran a órdenes emanadas de la Junta Militar o perpetradas
con su
asentimiento,
la atribución
de aquéllos se hará en consideración' al
desempeño
de la comandancia
en jefe del arma cuya intervenci<m
se prueba
en la comisión del injusto.
3.-
En los casos en que el hecho imputado
sea una privaclOn
de la libertad
personal
que comienza a consumarse
durante
la jefa-
tura
de un comandante
y se continúa
en la de quien o ~quienes lo
.suceden, la naturaleza
de tal delito determina
que la atribución
deba
hacerse a cada uno de ellos, a condición de que en su período
se
haya verificado la ocurrencia
de hechos similares. Ello así dado que
los nuevos hechos
deben interpretarse
como un lllOdo de manifes-
tarse la renovación del plan delictivo y el mantenimiento
querido de
las pr,ivaciones precedentes.
Ello en tanto; obvianlente, haya mediado
acusación fiscal.
4.-
Como se viera, del catálogo de delitos que el Tribunal con-
sideró integraban
el sistema, se han excluido: la sustracción
de me.
nares, la extorsión, el secuestro extorsivo, el plagio y la usurpación.
Ello implica la no atribuibilidad
de tales ilícitos a quienes
fueron
comandantes
del arma involucrada
en su ejecución.
s. -
En los casos en que se probó
de modo fehaciente
que la
privación de la libertad
se produjo
por parte de grupos militares
o
subordinados
a ellos, sin que se identificara
su procedencia,
ni el
lugar en que fuera mantenido
en cautiverio, la atribución
del hecho
se formula
al conlandante ° comandantes
de la fuerza
Ejército,
a
mérito de la re~ponsabilidad
primaria
que le cupo a ésta.
6.-
La Fiscalía acusó por distintos
casos en los que la~ defen-
sas pusieron
en duda que la comisión de los hechos que los lllOti-
varan
hubieren
estado
enmarcados
en lo que
se denOlllinó lucha