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. La remisión al procedimiento del jurado genera un equívoco que conviene despejar. Es opinión dominante en la doctrina procesal que las caracterís- ticas del juicio por jurado

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_307

Ruling Text

DF! JUSTICIA DE LA NACIÓN 311 chos que han sido votados por el Consejo, refiriendo cada uno de ellos a las piezas de prueba correspondientes e indicando el número de las fojas en que éstas se encuentran". La remisión al procedimiento del jurado genera un equívoco que conviene despejar. Es opinión dominante en la doctrina procesal que las caracterís- ticas del juicio por jurado" ... consisten en eximir al juez de hecho de la obligación de motivar su conclusión ... " (Hernando Devis Echandía, "Teoría General de la prueba judicial, Ed. Víctor de Za- valía, Es. As., 1976,T. 1, pág. 97), de suerte que es en ese "principio de la íntima convicción, característico del jurado clásico, en el que reside una de las deficiencias más serias del sisten1a" (Enrique For- natti, Revista de Derecho Procesal, año X, N? 4, Es. As., Ed. Ediar, 1952, págs. 36/37). Intima convicción que implica de consuno: la inexistencia de toda norma legal acerca del valor que el juzgador debe acordar a los elementos de prueba y la ausencia de la obliga- ción de explicar las razones determinantes de su juicio (conf. Alfredo Vélez Mariconde, Derecho Procesal Penal, Ed. Lemer, Córdoba, 3~ed., T. 1, pág. 354). Frente a la caracterización que se hace del modo de actuar del jurado no parece aceptable que el Código de Justicia Militar se ads- criba a un sistema de la íntima convicción para la apreciación de la' prueba, en tanto consigna la obligación de referir cada uno, de los hechos votado$ a las piezas de prueba correspondientes (art. 401, inc. 1'). Sentado lo expuesto, todo agravio acerca del sistema que para la apreciación de la prueba disciplina el C.I.M. carece de consistencia, mucho más ante la adecuada motivación que se dará en.el tratamiento de los casos. Como una derivación de la crítica que formula la defensa del Almte. Lambruschini al sistema de las "íntimas convicciones", acogi- do en su opinión, por el C.I.M., reclama la aplicación de los arts. 276 y 277 del e.p.M.p., para la meritación de la prueba testimonial, sobre