DE JUSTICIA
24/08/1977
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_355
Keywords / Subjects
ROBO
JURISDICCIÓN
Ruling Text
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
359
Ello surge de su propio relato, corroborado
por el aportado
por
su esposa Alicia Haydeé Iturrieta de Nazar y por Carlos María de
la Serna, a fs. l y 36 de la causa N? 5958 del Juzgado en lo Penal de
Trenque Lauquen, afirmando la primera, que el damnificado no re-
gresó a su hogar luego de la jornada
de trabajo
del día 21, advir-
tiendo luego que su automóvil
se encontraba
en el garage ubicado
a escasos
metros de su domicilio
(ver fs. 4 del expte. No;>3301 ini-
ciado por la nombrada, ante el tribunal ya citado).
A su vez, el se-
gundo relató las circunstancias
en que vio al damnificado
todo el
día anterior hasta unos momentos antes de su desaparición.
Juan Ramón Nazar fue liberado el día 24 de agosto de 1977. En
tal sentido, obran
los dichos de la propia víctima, y los de Alberto
S. Liberman,
Pedro Augusto Goin y Ramón Miralles.
Durante su detención
se realizaron gestiones
ante autoridades
en procura
de su paradero
y libertad.
Ello
se constata
con las presentaciones
ante la justicia
señala-
das en el punto primero.
En especial la preocupación y protesta exteriorizada por la Aso-
ciación de Entidades Periodísticas Argentinas "A.D.E.B.A."Y la pren-
sa del interior del país A.D.I.R.A., medios masivos de comunicación,
por la "desaparición" de Nazar, con un marcado tono de denuncia
pública
(ver fs. 1 y 2 del expediente N? 3301 que corre por cuerda).
También está probado que con motivo de una solicitud judicial
la autoridad requerida contestó negativamente.
Según las actuaciones
obrantes
a fs. 9, 15 Y 18 del expediente
No;>3301 que corre por cuerda, Juan Ramón Nazar no se encontraba
detenido al día 22 de agosto de 1977en jurisdicción
de la Policia de
la Provincia de Buenos Aires.
Así las cosas, la imputación dirigida al Almirante Masscra y al
Brigadier Agosti de haberse producido cbn falsedad ha de ser recha-
zada al ser la Repartición informante extraña a la órbita de sus res-
pectivas Fuerzas.