DE JUSTICIA
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_373
Jueces
Mendoza
Texto del Fallo
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
377
COlllO consecuencia
de ello viajó a dicha ciudad sin lograr loca.
lizarla.
A ello deben agregarse los elementos de juicio que demuestran
que a la víctima
se la mantuvo ilegalmente privada
de su libertad
en la Brigada de Investigaciones
de La Plata.
Por otra parte, durante
su detención se hiciero;n gestiones ante
autoridades
en procura
de la averiguación de su paradero
y de su
libertad.
Su padre declaró que, al enterarse
de la detención, hizo gestio.
nes ante el sacerdote Bertaigna, de la Curia de Mendoza, y también
en la Curia de La Plata.
En el año 1982 efectuó una presentación
en el Ministerio
del
Interior,
donde
obtuvo como respuesta
que se había ton1ado nota -
de su reclamo y se iba a investigar
(v. al respecto la copia reservada
en poder
del Tribunal).
A Liliana Amalia Galarza se la mantuvo
ilegalmente
detenida
en la Brigada de Investigaciones
de La Plata, que pertenecía
a la
Policía de la Provincia de Bueno~ Aires, y que dependía operacional.
n1ente del Primer Cuerpo de Ejército.
.,
En tal sentido, manifestó
su padre que en abril
de 1977 llamó
su hija por teléfono desde La Plata. En estas circunstancias
su fa.
milía se trasladó hasta
la Brigada de Investigaciones
de dicha ciu-
dad, donde pudi~ron verla, así como también
a la beba que había
tenido" en cautiverio.
Posteriormente,
al cumplir la niña seis meses, la retiraron
junto
con toda la documentación,
partida
de nacimiento,
libreta
de sani-
dad y ropa, y luego de ello le fue otorgada su tenencia a Martín Os-
valdo Galarza. Al respecto,
se encuentran
reservadas
en el Tribunal
las constancias
del acta de nacimiento
y certificados
aportados
en
la audiencia, en donde consta el don1icilio de su lugar de cautiverio.
Manifestó también su padre que se habituó a llamarla a la Bri.
gada t09-0Slos domingos desde Mendoza, circunstancia
que acreditó