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DE JUSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_387

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 391 }izóaveriguaciones en el Tercer C~erpo de Ejército donde no obtuvo ninguna respuesta. Escribió además varias cartas al Ministerio del Interior que no fueron contestadas. A Nilda Susana Salomone de Guevara se la mantuvo ilegalmente en cautiverio en la Brigada de Investigaciones de La Plata, pertene- ciente a la Policía de la Provincia de Buenos Aires, y que dependía operacionalmente del Primer Cuerpo de Ejército. En efecto, su madre declaró que, tras una comunicación tele- fónica, concurrió a la Brigada de Investigaciones de La Plata, don- de se encontró con su hija. A partir de allí tuvieron contacto con. tínuo por carta y, en el mes de abril de 1977, la fue a visitar. Además, fue vista en dicho lugar por familiares de los demás detenidos, por Adelina Moncalvillo, María Inés Arbio, María Grubert y Antonia Lugarda Cifre de Idiart. Por su parte, el ex Capellán de la Policía Christian von Wer- nich declaró que Nilda Susana Salomone de Guevara se hallaba de- tenida en dicha unidad policiaL No está probado que Nilda Susana Salomone de Guevara recu- peró su libertad. Según los dichos de' su madre, se le había concedido una 0pclOn para salir del país. A partir de entonces no volvió a ser vista, ni se tuvieron más noticias de ella. En cuanto al conocimiento que pudieron haber tenido los Bri- gadieres Generales Ornar Rubens Graffigna y Basilio Arturo Lamí Doza, el Teniente General Leopoldo Fortunato Galtieri y el Almi- rante Jorge Isaac Anaya acerca de la privación de la libertad de que fuera víctima Nilda\ Susana Salomonc de Guevara y sobre cuya base debían haber formulado la pertinente denuncia, conviene hacer una distinción. En cuanto a los Comandantes de la Fuerza Aérea Argentina y la Armada Argentina, mal puede adjudicárseles conocimiento de