DE LA CORTt! SUPRF.~{A
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_392
Ruling Text
396
FALtOS
DE LA CORTt! SUPRF.~{A
También
está
demostrado
que
a Claudia
Dc Aeha
se
]0 man-
tuvo
clandestinamente
en cautiverio
en la Brigada
de Investigacio-
nes
de Banfield,
perteneciente
a la Policía
de
la Provincia
de Bue-
nos
Aires
que
dependía
operacionalrncnlc
del
Primer
Cuerpo
de
Ejército.
Ello
cn
virtud
del
testimonio
brindado
por
Pablo
Alejandro
Díaz
quien
manifiesta
haber
compartido
su
cautiverio
con
la víc-
tima y con otras personas que como ellos eran estudian tes secun-
darios
en La Plata,
quienes
relacionaban
sus
detenciones
con
una
gestión
que habían
realizado,
tendiente
a conseguir
el boleto
escolar
secundario
ante
la correspondiente
autoridad.
Díaz
manifiesta
saber
que
estuvieron
en
el referido
lugar,
no
sólo por los comentarios
que escuchó .sino también
por
haber
oído
en una
oportunidad
que
contestaba
el teléfono
dando
ese nombre
(Brigada
de Banfield).
En igual
sentido
depone
Víctor !,-Iberto Carminati,
quien
refiere
que una
vcz liberado
reconoció
el lugar
de detención.
Atilio
Gustavo
Calotti,
al
declarar
mediante
exhorto
diplomá-
tico refiere
haber
visto
a De Acha en cautiverio
en Banfield.
No está
probado
que en ocasión
de su cautiverio
fue sometido
a algún
mecanismo
de tortura.
Al respecto
sólo
se cuenta
como
elemento
probatorio
el testi-
monio
de Pablo Alejandro
Díaz, quien
ha~e una
afirmación
ele tipo
general
en el sentido
dc que
todos
eran
torturados,
lo que
resulta
insuficiente
para
tener
por
acreditado
este
aspecto.
Tampoco
está probado
que Claudia
De Acha recuperara
su liber-
tad.
Al respecto
se carece
de todo
elemento
convictivo
de él.
En cuanto
al conocimiento
que
pudieron
haber
tenido
los Bri-
gadieres
Generales
Olnar
Rubens
Grafi-igna
y
Basilio
Arturo
Lami
Dozo, el
T~niente
General
Leopoldo
Fortunato
Galtieri
y el Almi-
rante
Jorge
Isaac
Anaya
acerca
de
la privación
de la
libertad
de