DE JUSTICIA
16/09/1976
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_393
Voces / Materias
ROBO
Texto del Fallo
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
397
que fuera víctima Claudia De Acha y sobre cuya base debían haber
formulado
la pertinente
denuncia,
conviene
hacer una distinción.
En cuanto .a los Comandantes de la Fuerza Aérea y de la Anna-
da, ¡nal puede adjudicárseles
conocimiento
de estos hechos
si se
tiene presente que se trató de un procedimiento ajeno -a ellos.
Res-
pecto
del Teniente
General Leopoldo Fortunato
Galtieri no existe
elemento
alguno,
como no sea
el dato puramente objetivo
de su
comandancia del arma con posteriori<!ad a la detención,
que per~
mitan acreditar con fehaciencia tal extremo.
Por último, surge de autos, que los hechos que damnificaron a
Claudia
De Acha fueron
desarrollados
de acuerdo
al proceder
des-
cripto en la cuestión de hecho N'?146.
CASO N° 33: FALCONE, MARIA CLAUDIA
Está probado que María Claudia Falcone fue privada de su lj~
bertad,
el día
16 de
septiembre
de
1976, aproximadamente
a las
0,30 horas, mientras se encontraba en el domicilio de una tía abue~
la, ubicado en la calle 56 N9 586 de La Plata, Provincia
de Buenos
Aires, en compañía de una anlÍga de nonlbre María Clara Ciocchini.
Ello surge de los dichos de su madre
Melba Alicia Méndez de
Falcone, vertidos en la audiencia, lo
que encuentra corroboración
en el hecho de haber sido vista en cautiverip por diversos testigos,
a los que luego se hará referencia, en diversos lugares dependientes
de la fuerza Ejército.
Durante su detención se hicieron g~stiones ante autoridades, en
procura de la averiguación de su paradero y libertad.
En efecto, su madre nlanifiesta haber presentado seis recursos
dc hábeas
corpus.
Obran agregados
los N?: 1364 interpuesto
ante
el Juzgado
Federal
N? 3 de La Plata,
iniciado
con fecha 29/6/77;
N? 25820-F interpuesto
ante el Juzgado
Federal
N? 2 de La Plata,
iniciado
con fecha 17/9/76 y N? 19.346 Y N? 47.166 deducidos
ante
el Juzgado Federal
N? 3 de La Plata.