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DE JUSTICIA

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 341 ID: fallos_341_399

Judges

Díaz

Keywords / Subjects

ROBO

Ruling Text

DE JUSTICIA DE U NACIÓN 403 Alberto Racero, que se encontraba con él, por un, grupo de per- sonas armadas, que dependíal~ del Ejército Argentino. Ello en virtud del testimonio brindado por su hermana Nora Alicia Ungaro, quien si bien no presenció el hecho, manifiesta ha- berse enterado del mismo a través de su madre que vivía a corta distancia. Corrobora lo expuesto, lo manifestado por la madre de Daniel Alberto Racero, señora Eisa Pereda de. Racero, quien afirma ha- berse enterado del hecho por intermedio de la madre de Ungaro. Ello se compadece con la circ:unstancia de haber sido vista la víctima, luego de la fecha del hecho, detenida en diversos lugares de detención, que como se verá más adelante,' dependían del .Ejér- cito Argentino. Con motivo de su detención se hicieron gestione? ante autori- dades en procura de la averiguación de su paradero y libertad. Ello surge de los dichos de su hermana Nora Alicia Ungaro, en cuanto afirma que su n1adre hizo una serie de trámites, entre ellos un recurso de hábeas corpus. También está 'probado que a Horacio Angel Ungaro se lo man- o tuvo clandestinamente en cautiverio en el Destacamento Policial de Arana, en la Brigada de Investigaciones de Banfield y' en la Bri- gada de Investigaciones de Quilmes, pertenecientes a la Policía de la ,Provincia de Buenos Aires _que dependían operacionalmente del Primer Cuerpo de Ejército. Ello se desprende del testimonio de Pablo Alejandro Díaz, quien 'afirma haber compartido su cautiverio con la víctima y con otros jóvenes en los referidos lugares de detención, relacionando dicha circunstancia con una gestión que habrían realizado ante las auto- ridades en procura de conseguir un boleto escolar secundario. Dicha circunstancia aparece avalada por los dichos de Walter Roberto Docters, quien manifiesta haber visto a Ungaro en Arana;