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DE JUSTICIA

22/11/1977 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_405

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 409 el Teniente General Leopoldo For(unato Ga!tieri y el Almirante Jorge Isaac Anaya acerca de la privación de la libertad de que fuera víc- tima María Clau~ia Ciocchini y sobre cuya base debían haber for- mulado la pertinente denuncia, conviene hacer una distinción. En cuanto a los Comandantes de la Fuerza Aérea y de la Ar~ mada mal puede adjudicárseles conocimiento de estos hechos si se tiene presente que se trató de un procedimiento ajeno a ellos. Respecto del. Teniente General Leopoldo ~ortunato Galtieri no exis- te elemento alguno, como no sea el dato puramente obJetivo de su comandancia del arma con posterioridad a la detención, que permitan acreditar con fehacencia tal extremo. Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a María Clara Ciocchini fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho N? 146. CASO N? 38: FORMIGA, NORMA LIVIA Está: probado que Norma Livia Formiga, profesora en la Es- cuela de Enfermería de la Cruz Roja de La Plata, fue privada de su libertad el 22 de noviembre de 1977, por la tarde, en su domi- cilio sito en la calle 54 N? 1271 de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, por efectivos del Ejército Argentif.lo. Dicha circunstancia se encuentra acreditada por los testimonios contestes de Ricardo Alfredo Castro y Nicolás Trivelli, testigos pre~ senciales del procedim"iento de la detención, quienes relatan las' -cir- . cunstancias en que efectivos del Ejército, junto con otros vestidos de civil, penetraron en el domicilio de Norma Livia Formiga y se la llevaron, junto co~ Elena Arce Sahores y Teresa Calandrini, en el baúl de un automóvil, así como también a una cuarta mujer que no pudó ser identificada, que fue trasladada en una ambulancia. En térn1inos coincidentes se produjo Zenaide Di Tornasso de Tri- ve]]i, a fs. 41 de la causa N? 21.328 del Juzgado Federal N? 3 de La Plata.