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DE JUSTICIA

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_413

Judges

Ocampo

Ruling Text

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 417 su vecina de piso, Selma acampo; por el padre de la víctima, Adolfo Teodosio Ocampo, domiciliado en el mismo edificio, quien refiere que ese día y hora su hija le requirió ayuda telefónicamente, puesto que intentaban ingresar a su vivienda por la fuerza, grupo éste que, también por la fuerza, ingresó a la suya, requirÍf;mdo las llaves de la puerta de acceso a aquélla; y por Luisa Giordano de Aranda, encar- gada del edificio, quien narrando la forma en que estas personas in- gresaron al interior de él, se expide en términos coincidentes. Está probado que ese grupo .armado estaba integrado por per- sonal de las fuerzas armadas o de seguridad, que dependían opera~ cionalmente del Primer Cuerpo de Ejército. Obra al respecto, lo declarado por SamueI Andrews quien, ade- más, manifiesta que ante la insistencia de ese grupo de personas a ingresar al interior de su propia vivienda, invocando su pertenencia al "ejército", por temer un atentado terrorista contra su persona, requirió telefónicamente el auxilio de la. policía, a raíz del cual, y minutos después, se hizo presente en los jardines del edificio un grupo de soldados uniformados, quien previo aviso e intimación diri- gidos a los incursores, efectuó una descarga de fusilería, luego de la cual las personas a que refiere egresaron con las manos en alto, mantuvieron una conversación .con los uniformados, los que se reti- raron, e ingresando aquéllos para continuar el "procedimiento" que habían comenzado. A ello han de sumarse los dichos de Horado Pantaleón Balles- ter, militar en retiro y veci1;10de la misma casa de departamentos, quien se refirió al suceso en términos coincidentes y agregó que el grupo armado vestido de civil, ante la presencia de los soldados unÍ- forma~os, daba a conocer a gritos su condición de integrantes del Ejército, a la par que anunciaba que esa era "zona liberada". A todo ello debe agregarse el aporte realizado por Luisa Gior- dano de Aranda y Adolfo Teodosio Ocampo, quienes se expresan de manera similar. Con la prueba testimonial analizada, se hace evidente que el gru- po de personas mencionado, contó con un poder de acción y nber~