DE JUSTICIA
18/02/1977
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_453
Voces / Materias
DELITO
Texto del Fallo
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
Todo ello se encuentr;t
acreditado_de
conformidad'
con los ele-'
mentas
de prueba
ponderados
en el caso
N'? 72.
Respecto
de los delitos
de encubrimiento
imputados
a los Bri-.
gadieres
Generales
Ornar Rubens
Graffigná
y Basilio
Arturo
Lami
Daza,
el Teniente
General
Leopoldo
Fortunato
Galtíeri
y el Almi.
rante
Jorge Isaac Anaya, el Tribunal
se remite
a lo manifestado
e~
el caso N9 72.
Por
último,
surge
de autos
que
el hecho
que
damnificara
a
Alfredo
Waldo Fortí
Sosa fue desarrollado
de acuerdo
al proceder
descripto
en la cuestión
de hecho N9 146.
CASO N? 75: FORTI SOSA, MARIO MANUEL
Está
probado
que Mario Manuel Forti
Sosa, de trece
años
de
edad, fue privado
de su libertad
por personas
armadas,
el día
18
de febrero
de 1977 a las 9 horas,
en. circunstancias
en que se en~
contraba
embarcado
en el vuelo 284 de ~erolíneas
Argentinas
con
destino
a Caracas,
Venezuela,
en
el Aeropuerto
InternaCional
de
Ezeiza.
Dichas
personas
pertenecían.
a la
Policía
de
la Provincia
de
Buenos- Aires,
que
dependía
operacionalmente
del
Primer
Cuerpo
de Ejército.
'Por
otra
parte
se ha
demostrado
que a Mario
Manuel
Forti
Sosa se lo mantuvo
clandestinamente
en cautiverio
en la Brigada
de InvestigaCiones
de Ouilmes
("Pozo de Quilmes"),
perteneciente
a I~ Policía de la Provincia
de Buenos
Aires, y que dependía
del
Primer
Cuerpo de Ejército,
recuperando
su libertad
el 22 de febrero
de 1977.
Todo ello se encuentra
acreditado
de confonnidad
con los ele-
mentos
de prueba
ponderados
en el caso N,:,72.
Respecto
de los delitos
de encubrimiento
imputados
a los Bri-
gadieres
Generales
Ornar Rubens
Graffigna
y Basilio Arturo
Lami