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DE JUSTICIA

18/02/1977 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 341 ID: fallos_341_453

Voces / Materias

DELITO

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Todo ello se encuentr;t acreditado_de conformidad' con los ele-' mentas de prueba ponderados en el caso N'? 72. Respecto de los delitos de encubrimiento imputados a los Bri-. gadieres Generales Ornar Rubens Graffigná y Basilio Arturo Lami Daza, el Teniente General Leopoldo Fortunato Galtíeri y el Almi. rante Jorge Isaac Anaya, el Tribunal se remite a lo manifestado e~ el caso N9 72. Por último, surge de autos que el hecho que damnificara a Alfredo Waldo Fortí Sosa fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho N9 146. CASO N? 75: FORTI SOSA, MARIO MANUEL Está probado que Mario Manuel Forti Sosa, de trece años de edad, fue privado de su libertad por personas armadas, el día 18 de febrero de 1977 a las 9 horas, en. circunstancias en que se en~ contraba embarcado en el vuelo 284 de ~erolíneas Argentinas con destino a Caracas, Venezuela, en el Aeropuerto InternaCional de Ezeiza. Dichas personas pertenecían. a la Policía de la Provincia de Buenos- Aires, que dependía operacionalmente del Primer Cuerpo de Ejército. 'Por otra parte se ha demostrado que a Mario Manuel Forti Sosa se lo mantuvo clandestinamente en cautiverio en la Brigada de InvestigaCiones de Ouilmes ("Pozo de Quilmes"), perteneciente a I~ Policía de la Provincia de Buenos Aires, y que dependía del Primer Cuerpo de Ejército, recuperando su libertad el 22 de febrero de 1977. Todo ello se encuentra acreditado de confonnidad con los ele- mentos de prueba ponderados en el caso N,:,72. Respecto de los delitos de encubrimiento imputados a los Bri- gadieres Generales Ornar Rubens Graffigna y Basilio Arturo Lami