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Ello en virtud

17/04/1977 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_472

Ruling Text

476 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Ello en virtud de los dichos de su madre Clara Berestezki de Israel quien además aportó al Tribunal las copias de las presenta- ciones efectuadas ante autoridades civiles,. eclesiásticas y militares. Obran además en autos los siguientes recursos de hábeas corpus: N? 2497 Y 2544, ambos del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Sentencia letra "A", Secretaría N'? 1, presentados con fechas 17 de abril de 1977 y 3~ de agosto de 1979; N? 13.149 del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Instruc- ción N'? 17, Secretaría N? 151, presentado con 'fecha 8 de mayo de 1977, y N? 1 del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Cri- nlinal y Correccional Federal N? 6, Secretaría N? 16, -de fecha 1'? de diciembre de 1978. Está probado que con motivo de una solicitud judicial, la auto- ridad requerida contestó negativamente. En los referidos recursos de hábeas corpus tanto el Ministerio del Interior como el Comando en Jef~ del Ejército, la Policía Fe~ deral y el Estado Mayor de Ejército, Jefatura ], informaron que Teresa Alicia Israel no se encontraba detenida. Hecha esta, verificación, corresponde establecer la posible men~ dacidad de alguno de esos informes. Como quedó probado, en la detención de Teresa Alicia Israel, intervino personal dependiente del Ejército Argentino. Si se tiene en cuenta que dicha fuerza respondió a tales reque~ rimientos, durante las Comandancias de los Tenierites Generales Videla y Viola cabe concluir que ha quedado acreditada la existen~ da de una respuesta mendaz por parte de la misma. También está probado que a Teresa Alicia Israel se la mantuvo clandestinamente en ~autiverio en un ex depósito de Suministros de la Policía Federal -Club Atlético~, que dependía operacional- lnente del Ejército Argentino. En tal sentido resultan concordantes los testimonios brindados