Ello en virtud
17/04/1977
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_472
Ruling Text
476
FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
Ello en virtud
de los dichos de su madre
Clara
Berestezki
de
Israel
quien además
aportó
al Tribunal
las copias
de las presenta-
ciones efectuadas
ante autoridades
civiles,. eclesiásticas
y militares.
Obran
además
en autos
los siguientes
recursos
de hábeas
corpus:
N? 2497 Y 2544, ambos
del Juzgado
Nacional
de Primera
Instancia
en lo Criminal de Sentencia
letra
"A", Secretaría
N'? 1, presentados
con fechas 17 de abril de 1977 y 3~ de agosto de 1979; N? 13.149 del
Juzgado Nacional
de Primera
Instancia
en lo Criminal
de Instruc-
ción N'? 17, Secretaría
N? 151, presentado
con 'fecha 8 de mayo de
1977, y N? 1 del Juzgado
Nacional
de Primera
Instancia
en lo Cri-
nlinal
y Correccional
Federal
N? 6, Secretaría
N? 16, -de fecha
1'?
de diciembre
de 1978.
Está probado
que con motivo de una solicitud
judicial,
la auto-
ridad
requerida
contestó
negativamente.
En los referidos
recursos
de hábeas
corpus
tanto
el Ministerio
del Interior
como el Comando
en Jef~ del Ejército,
la
Policía
Fe~
deral
y el Estado
Mayor de Ejército,
Jefatura
], informaron
que
Teresa
Alicia Israel
no
se encontraba
detenida.
Hecha esta, verificación,
corresponde
establecer
la posible
men~
dacidad
de alguno de esos informes.
Como quedó
probado,
en la detención
de Teresa Alicia Israel,
intervino
personal
dependiente
del Ejército
Argentino.
Si se tiene en cuenta
que dicha fuerza respondió
a tales reque~
rimientos,
durante
las
Comandancias
de los Tenierites
Generales
Videla y Viola cabe concluir
que ha quedado
acreditada
la existen~
da
de una respuesta
mendaz por parte
de la misma.
También está probado
que a Teresa Alicia Israel
se la mantuvo
clandestinamente
en ~autiverio
en
un ex depósito
de Suministros
de la Policía Federal
-Club
Atlético~,
que
dependía
operacional-
lnente del Ejército
Argentino.
En tal
sentido
resultan
concordantes
los testimonios
brindados