DE JUSTICIA
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_473
Ruling Text
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
477
por Miguel Angel D'Agostino, Ana María Careaga, el licenciado
Mar-
celo Gustavo DaeIli, el periodista
Fermín
Gregario Alvez, Delia Ba-
rrera y Ferrando y el ingeniero Jorge Alberto Alleaga, personas éstas
que compartieron
su c~utiverio con la víctima en el referido
lugar
ubicado en las calles Paseo Colón y Garay, el cual una vez en' liber-
tad reconocieron
ya que se encontraba
en demolición y tenía las
celdas a la vista.
No está probado que Teresa Alicia Israel recuperó
su libertad.
Al respecto no se ha arrinlado ningún elemento de convicción.
I
Está probado que en ocasión de su secuestro le fueron sustraí-
dos efectos personales
de su
I domicilio.
En tal sentido tanto su madre al declarar en la Audiencia y en
su
presentación
efectuada
ante
el .Juzgado
de Instrucción
N? 17
-Causa
N? 13.149-, como su padre al interponer
el recurso de há-
beas corpus N? 1 del Juzgado Federal N? 6, resultan
contestes
en
afirnlar que el grupo aprehensor procedió á revisar el dormitorio
y
el estudio jurídico
de su hija,
llevándose libros
y algunas
perte~
llencias, entre ellas su carnet de abogada y su documento de iden.
tidad.
En cuanto al conocimiento que pudieron
haber
tenido los Bri-
gadieres Generales Ornar Rubens Graffigna y Basilio Arturo Lami
Pozo, el Teniente G.eneral Leopoldo Fortunato
Galtieri y el Almi-
rante Jorge Isaac Anaya acerca de la privación
de la libertad
de
'que fuera
víctima
Teresa Alicia Israel
y sobre cuya base debían
haber
formulado
la
pertinente
denuncia, .conviene hacer una
dis-
tinción,
En cuanto a los Comandantes
de la Fuerza Aérea y de la Ar-
mada
Argentina
mal puede
adjudicárseles
conocimiento
de estos
hechos si se tiene presente que se trató de un procedimiento
ajeno
a ellos. Respecto del Teniente General Leopoldo Fortunato
Galtieri
no existe elemento alguno, como no sea el dato puramente
objetivo
de su comandancia del arma con posterioridad
a la detención, que
permitan
acreditar
con fehacencia tal extremo.