F,\LLOS m~lA
18/08/1977
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Tomo 341
ID: fallos_341_512
Voces / Materias
HÁBEAS CORPUS
Texto del Fallo
516
F,\LLOS m~lA
CORm SUI'RHM,\
cedes Benz, quienes afirman
que en la fábrica
se comentaba
la desa- ..
parición
de un grupo
dc trabajadores
de la empresa,
entre
los que
figuraba
Alberto
Gigena.
Durante
su
detención
se
hicieron
gestiones
ante
autoridades
en procura
de la averiguación
de su paradero
y libertad.
Obran en autos los recursos
de hábeas corpus
interpuestos
por
su cónyuge Gracicla Beatriz Vclázqucz de Gigena ante el Juzgado
Na-
cional
de Primera
Instancia
en lo Criminal
de Sentencia
letra
"EH,
Secretaría
N~ 9 -N~
5780-
de fecha 18 de agosto
de 1977, y ante el
Juzgado
Nacional
de Primera
Instancia
en lo Criminal
de Instruc-
ción
N~ 18, Secretaría
N~ 156 -N~
15.115-
de fecha 24 de febrero
de 1978.
Está probado
que con motivo
de una solicitud
judicial.
la auto-
.ridad requerida
contestó
negativamente.
En el referido
recurso
de hábeas
corpus
N~ 15.115 del Juzgado
de Instrucción
N~ 18, tanto
la Policía Federal
como el Ministerio
del
Interior
y el Comando
en Jefe del Ejército,
informaron
que Alberto
Gigena no se encontraba
detenido,
10 que motivó
el rechazo
del re-
curso
(eonf. fs. 7, 8, 9, IQ Y 13).
Hecha esta verificación,
corresponde
establecer
la posible
men-
dacidad
de alguno
de dichos informes.
Como quedó probado,
en la detención
de Alberto
Gigena,
inter-
vino
personal
dependiente
del
Ejército
Argentino.
Si
se
tiene
en
cuenta
que
esa
fuerza
fue
la que
respondió
negativamente
tales
requerimientos
en el recurso
de hábeas corpus citado, cabe concluir
que ha quedado acreditada
la existencia
de una respuesta
falaz.
También
está
probado
que
a
Alberto
Gigena
se
10 mantuvo
clandestinamente
en cautiverio
en Campo de Mayo,
que
dependía
operacionalmente
del
Ejército
Argentino.
En
efecto,
Héetor
Aníbal
Ratio
al
declarar
en
la
Audiencia
afirma haber compartido
su cautiverio
junto
a la víctima
y a otras