← Back to results

DE JUSTICIA

15/04/1976 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_513

Judges

López

Ruling Text

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 517 personas compañeras de trabajo en la firma Mercedes Benz. A ma- yor abundamiento el Tribunal se remite a los casos 96 a 100. Tampoco está probado que a Alberto Gigena se lo sometiera a algún mecanismo de tortura. Al respecto no se ha arrimado ningún elemento de convic- ción. No .está probado que Alberto Gigena recuperara su libertad. Ello en virtud de que no existen pruebas al respecto. En cuanto al conocimiento que pudieron haber tenido los Bri- gadieres Generales Ornar Rubens Graffigna y. Basilio Arturo Lami . Daza, el Teniente General Leopoldo Fortunato Galtieri y el Almi- rante Jorge Isaac Anaya acerca de la privación de la libertad de que fuera víctima Alberto Gigená y. sobre cuya base debían haber formulado la pertinente denuncia, convienc hacer una distinción. En cuanto a los Comandantes de la Fuerza Aérea y de la Ar- mada mal p'uede adjudicárseles conocimiento. de estos hechos si se tiene presente que se trató de un procedimiento ajeno o ellos. Respecto del Teniente General Leopoldo Fortunato Galtieri no existe elemento alguno, como no sea el dato puramente objetivo de su. comandancia del arma con posterioridad a la detención, que permi- tan acreditar con fehacencia tal extremo_ Por último, surge de autos, que los hechos que damnif-icaron a Alberto Gigena fueron desarrollados de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho N? 146. CASO N? 102: AVELLANEDA, FLOREAL EDGARDO Está probado que Floreal Edgardo Avellaneda fue privado de su libertad el día 15 de abril de 1976 de su domicilio ubicado en la calle Sargento Cabral N? 2385, de la localidad de Vicente López,