DE JUSTICIA
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_515
Texto del Fallo
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
519
"
Está
probado
que
Floreal
Edgardo
Avellaneda fue secuestrado
por fuerzas que dependían
operacionalmente
del Ejército
Argentino.
Ello se desprende
de los dichos de su madre, quien refiere ha-
ber sido conducida
junto
a la víctima a la comisaría
de Villa Mar~
telli y del hecho
de que la nombrada,
pocos días después
de su
secuestro,
fue puesta
a disposición
del Poder Ejecutivo
Nacional.
\
.
Cobran
singular relevancia lo~ .dichos de los testigos antes men-
cionados, de los que se desprende que por el tipo de características
del procedimiento
que culminó con la privación
de la libertad
de
los Avellaneda, el grupo ejecutor
pertenecía
a las Fuerzas Armadas.
Está probado
que en ocasión de su cautiverio,
Floreal Edgardo
Avellaneda fue sometido a algún mecanismo
de tortura,
que le pro-
dujo la "muerte.
~
Su madre
refiere que mientras
permaneció
en la Comisaria
de
I
Villa Martelli
escuchó gritos de su hijo mientras
era torturado.
La tía de la víctima, lnanifiesta
que aproximadamente
un ll1es
después
de la privación
de la libertad
de su sobrino
apareció
una
noticia en un diario uruguayo refiriendo
la .aparición de un cadáver
en la costa de ese país, cuyas características
coincidía~ con las de
Floreal
Edgardo
Avellaneda, esrecialmente.
en cuanto
a un tatuaje
en uno
de los brazos
con las iniciales
"F. A.". En el expediente
N? 28.976, del Juzgado
Federal Ne 1, de San Martín,
se determinó
a
través
de la constatación
de las impresiones
digitales que, efectiva-
mente, el referido
cadáver
era el de la víctima.
Ello se cOlTlpadece con el informe
acerca
de las lesiones
que
presentaba
el cadáver, 'glosado en el cxpte. N? 28.976 del J.F. N? 1,
de San Martín:
hematomas
en la región sub-maxilar, signos de po-
sible desnucamiento,
signos
de violencia
externa
en las manos
y
en la zona
genital,
alteración
en la región
periana]
con manchas
de sangre.
Por último, surge de autos, que los hechos que damnificaron
a
Floreal Edgardo Avellaneda fueron desarrollados
de acuerdo
al pro-
ceder descripto
en la cuestión de hecho N? 146.