DE LA CORTE SUPREMA
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_524
Voces / Materias
ROBO
Texto del Fallo
528
FALLOS
DE LA CORTE SUPREMA
Ello surge del propio
testimonio
de ]a víctima
que refiere
que
en la fecha y lugar indicados,
un grupo de por lo menos
tres per-
sonas
vestidas
de
civil y armadas
penetró
en su casa y luego
de
amenazarlo,
golpearlo
e interrogarlo
acerca
de
sus
actividades
y
sobre
las
de un
amigo
de nombre
Carlos
Valladares,
proeedió
a
vendarle
Jos ojos
y llevárselo
en un automóvil.
En idéntieo
sentido
deelara
en la eausa
N? 38.301, en trámite
ante el Juzgado Naeional de Primera
Instaneia
en lo Criminal de Ins-
trucción
No:> 3,
Secretaría
N? 110, caratulada
IIArozarena,
Jan Pirmin,
víetima
de privaeión
ilegítima
de la libertad"
(eonf. fs. 91(93).
Por otra
parte,
su relato
se eompadeee. eon el heeho
de haber
sido visto en cautiverio
por otras personas
a quienes
más
adelante
se habrá
de referir,
en un lugar dependiente
de la fuerza Ejéreito.
De acuerdo
a las
características
del secuestro,
y del interroga-
torio
que giraba
sobre
el nombrado
Valladares,
resulta
indudable
que el grupo aprehensor
era el mismo
que pdv6
de su libertad
a
los
hermanos
Arozarena
y a Beatriz
Zorrilla,
que
Como quedó
acre-
ditado
perteneeían
al Ejército
Argentino.
También
está
probado
que
a Carlos
Rafael
López Eehagüe
se
]0 mantuvo
clandestinamente
en cautiverio
en Campo de Mayo, que
dependía
operacionalmente
del Ejército
Argentino.
En efecto, tanto al declarar en la audienci~
como en el referido
expediente
N? 38.301, la víctima
manifiesta
que
una vez
que
fue
sacado
por la fuerza
de su domicilio,
Jo introdujeron
en un auto-
móvil;
realizó
un trayecto
que duró aproximadamente
media
hora,
luego
del cual
lo hacen
descender,
atado y con los ojos
vendados,
en un
lugar donde por las voces
dedujo
que había
más personas
en su misma
situación,
entre
las que individualizó
-siempre
por
medio de las voces-
a sus amigos Jan Pirmin y.Ramón. Javier Aro-
zarena
(easos
104 y lOS bis, respeetivamente)
y Pedro
Luis
Euge-
nio Greaves
(easo N? 107).
I
Lo expuesto
encuentra
corroboración
en los testimonios
de los