DE LA NACIÓN
02/05/1977
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_529
Voces / Materias
ROBO
Texto del Fallo
. DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
533
También
está prob~do
que durante
todo ese tiempo
o parte
de
él, se le impusieron
condiciones
inhumanas
de vida y alojamiento.
Serafín
Barreira
relató
haber
permanecido
con los ojos venda-
dos y eneapuchado
durante
'gran parte
del lapso e,n que permaneció
en detención.
Tal afirmación,
encuentra
apoyatura
en las
similares
referen-
cias
aportadas
por
Eduardo. Oscar Covarrubias,
y Beatriz
Susana
C~stiglione de Covarrubias,
los que si bien atestiguaron
por su pro-
pia situación
en términos
similares,
especialmente
el primero, éstas
son válidamente
extensibles
a la totalidad de los detenidos
en esos
pabellones,
Serafín
Barreira
recuperó
su libertad
el día 2 de mayo de 1977.
Ello surge de sus propios dichos y de los de su esposa Mercedes
Barreira.
Está probado
;>demás que en el procedimiento
de detención
le
fueron sustraídos
diversos
efectos
de -valor.
Tal es lo que rcsulta Qe sus propios dichos, en cuanto refiere a
que en esa ocasión le consta le fue sustraído
un grabador, y otros
objetos
cuya falta pudo constatar al regresar a su domicilio,
los que
encuentran
corroboración
en el aporte testimonial
de Ojeda de Ca-
sani, quien al prcsenciar
la detención
observó que los captores
car-
gaban bultos en los vehículos
que utilizaban.
Por fin ha de sumarse el testimonio
de Mercedes
de Barreira,
quien
también
'pone de resalto
la sustracciÓn de diversos
efectos
que detalla
a título
ejemplificativo.
, Por último,
surge de autos que los hechos
que damnificaron
a
Serafín
Barreira fueron
desarrollados
de acuerdo
al proceder
des.
cripto
en las cuestiones
de hech,o N? 146 Y 147.
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