DE JUSTICIA
23/10/1976
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
DERECHOS_HUMANOS
Tomo 341
ID: fallos_341_533
Keywords / Subjects
DERECHOS HUMANOS
Ruling Text
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
CASO N? 111: FERNANDEZ MEIJIDE,
PABLO ENRIQUE
537
Está probado
que Pablo Enrique
Fernández Meijide fue privado
. de su libertad
éIl la madrugada
del día 23 de octubre
de 1976, en
su domicilio
de calle
Virrey
del Pino. 2632, piso
21 "A",
Capital
Federal,
por
personas
armadas
que
dependían
del
Ejército
Ar-
gentino.
Ello surge de las declaraciones
testimoniales
vertidas' ante el
Tribunal
por sus padres
Enrique Salvador
y Rosa Graciela
Castag-.
nola
de
Fernández
Meijide, así como por el sereno
del edificio,
Antonio Ciccone, en el sentido
que un grupo
de cinco personas
aproximadamente,
con
armas
de
diversos
calibres
y
vestimenta
civil, se anun~iaron
como mie~bros
de la
Policía Federal
y, sin
exhibir documentación,
entraron
en su domicilio, preguntaron
por
él y lo llevaron
detenido.
Agrega el último
de los nombrados,
que
los mismos llegaron
y .se alejaron
del lugar en tres
automóviles
blancos con techo negro. Presenciaron
asimismo la detención, dos
amigos que pernoctaban
en la misma
habitación,
Claudia Daniel
Waintruv y Eduardo
Aníbal Piñeiro quienes en la Audiencia testi~
moniaron
'que previa
identificación
de
Pablo,
les
ordenaron
no
salir del lugar. Los. dichos del primero
de los nombrados
se man~
tienen Invariables
en los tres
hábeas
corpus
y
en el
expediente
15.317, por
privación
ilegítima
de libertad,
que obran
agregados
a
la causa.
Lúego de su detención, se hicieron gestiones ante autoridades,
en procura
de la averiguación de su paradero
y de su libertad. Su
padre, facilitado por una presentación
epistolar de Monseñor Adolfo
Arana,' se entrevistó con el General Suarez Masan; con el Rector de
la Catedral Metropolitana Mo~señor Keegan; por indicación de éste,
con Monseñor Eugenio Graselli en la "Capilla Stella Maris", en tres
oportunidades,
la última,
juntamente
con
su esposa;
remitieron
carta, por intermedio
de una sobrina, al Teniente General Videla y,
directament~, al MÍnisterio dei Interior, reiterándolas
periódicamen-
te, a más de formular denuncia ante la Comisión Interamericana
de
Derechos Humanos de la Organización de ~stados
Americanos, con