DE J USTlClA
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_541
Texto del Fallo
DE J USTlClA
DE LA NACIÓN
CASO N~ 116: GUADIX,
GERVASlO
MARTIN
'545
El Tribunal
tiene presente
lo dictaminado
por
el scñor
Fiscal
en cuanto
solicita
la absolución
dc los proccsados
rcspecto
de este
caso,
lo que así se resolv:erá.
CASO N~ 117: BRID, JUAN CARLOS
Está
probado
que el 7, de
noviembre
de 1977, en horas
de la
madrugada,
Juan
Carlos Brid fue privado
de su libertad
en su do-
micilio
sito en Besares
1079 -entre
Madcro
y
9 dc Julio-
de la
localidad
de San Fernando,
Provincia
dc Buenos Aires, por un grupo
de personas
armadas.
Ello en virtud
de los testimonios
vertidos
ante
el Tribunal
por
EIsa Marina
Gianetti
de Brid, Eva Eisa Brid
de Peralta
y Roberto
Carlos Peralta, esposa,
hija y yerno,
respectivamente,
quienes
habi-
taban con él y declararon
en forma
concordante
en
la Audiencia
oral. En el mismo sentido lo,hizo la primera
a Es. 1 de autos N? 25.979
del Juzgado
en Jo Penal N~ 1 del Departamento
Judicial
de San Isi-
dro, caratulados
"BRID, Juan
Carlos
y Brid, Jorge
David, víctimas
de privación
ilegal de libertad",
agregados
a la causa.
Todos coinciden,
aL relatar las circunstancias
de tiempo,
modo
y lugar en
que cuatro
o cinco
personas
armadas,
con vestimenta
civil y anunciándose
como Policía Federal, -pero sin acreditarlo, ingre-
saron a su domicilio,
al tiempo que un grupo más numeroso perma~
necía
en la calle, en ]a que habían estacionado
cinco automóviles;
revisaron
la casa
durante
aproximadamente
dos horas,
sin encon-
trar
las armas
que pretextaban
buscar
y lo llevaron esposado,
intro-
duciéndolo
en uno de los vehículos,
Ello Juego de un tiroteo
de pro-
porciones,
9ue los testigos
explican
se prod~jo
porque los vecinos
intentaron
defenderlos,
confundiendo
a los captores
con ladrones.
Está
probado
que a Juan
Carlos Brid se )0 mantuvo
cIandesti-
tinamente
en cautiverio
en Mansión Seré donde operaban
personal