DE JUSTICIA
23/10/1977
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_551
Jueces
González
Voces / Materias
ROBO
Texto del Fallo
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
555
En dicho
lugar, según
su propio
relato,
fue
atormentado
me-
diante
una serie
de golpes
de puño,
arrinconado
contra una pared
puesto
en posición
de cuclillas
sufriendo
un 'simulacro
de fusila-
miento
y, finalmente,
sujeto
a un elástico
y humedecido,
soportó
descargas
eléctricas
Dlediante
aplicación
de picana. Quienes
fueron
recluidos
en el Jugar, en la misma
época,
corroboran
s'!Js dichos.
Entre
ellos,
Daniel
Enrique
Rosomano,
quien
sostiene
que nadie
fue exceptuado
de
tortura, constándole
directamente
en el caso de
Garritano,
por haber
o.ído sus gritos;
Guillermo
Marcelo
Fernández
lo sabe por habcr
estado
en la pieza destinada
a interrogar
con ese
método,
y similar es el conoc'imiento que de ello posee Tamburrini.
De ello manifestó
poseer
secuelas.
No obstante,
oportunamente
ha de tratarse la excepción
de cosa
juzgada
iMerpuesta
por
la
defensa
del
Brigadier
Mayor
Orlando
Ramón Agosti, en la audiencia
oral del día 6 de junio
pasado.
Por último,
surge de autos, que los hechos
que
damnificaron
a
Alberto. Carmelo
Garritano
fucron
desarrollados
de acuerda
al pro-
ccdcr
descripto
en la cuestión
de hccho
N~ 146.
CASO N~ 120: ClNQUEMANI,
CONONSAVERIO
Está
probada
que el 23 de octubre
de 1977, a las 2 de la ma-
ñana, aproximadamente,
Conon Saverio
Cinquemani
fue privado
de
su libertad
en su domicilia
de Humaitá
N~ 7163, de Capital Feder.al,
por un grupo de personas
armadas.
Ello, surge
de sus propias
declaraciones,
concordantes
con las
de su vecina Herminia
González de Gallarga, vertidas
en la audien-
cia.
Relata
Cinquemani
que el día
22 ó 23 de octubre
concurrie-
ron a su domicilio
entre 10 y 15 personas
armadas, vestidas
de civil,
que se .identificaron
como policías,
a las 2 de la mañana aproxima-
damente,
y luego
de fuertes
golpes
a la puerta
y permitido
que
les fue el acceso,
se lo llevaron
detenido
en una camioneta,
espo-
sado y vendado.