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DE LA CORTE SUPRr:.h1.¡\

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_572

Ruling Text

,76 FALWS DE LA CORTE SUPRr:.h1.¡\ un local al. Jefe de la Guarnición de Ejhcito de esa ciudad. Tal manifestación se apuntala con lo declarado por .el Comodoro (R.E.) Ernesto Agustoni, quien indicó que efectivamente cl Jefe dcl Regi- miento de Artillería Antiaérea, Coronel Alberto Pedro Barda, había solicitado una dependencia para descanso y escala de las patrullas del Ejército. Ahora bien, llamado a prestar declaración en estas actuacio- nes, Barda se negó' a deponer amparándose en la garantía contem- plada en el art. lB de la Constitución Nacional. Ante esta circunstancia, el Tribunal, por pedido de la defensa de Agosti, solicitó como medida para mejor proveer la remisión del expediente del Juzgado de Instrucción Militar -Fuerza Aérea- en el cual había prestado declaración el mencionado Barda. Es asi como se recibe el sumario N? 5.157.412 (FAA), del Juz- gado de Instrucción Militar N? 12 -Fuerza Aérea-, instruido por "BATTAGLIA, Alfredo Nicolás y otros s/denuncia", que fuera ini- ciado cl 19 de agosto dcl año en curso, en el cual prestó declaración Alberto Pedro Barda -fs. 101- y reconoció expresamente que en su carácter de Jefe de la Agrupación de Artillería de Defensa Aérea 601, con asiento en la localidad de Mar del Plata (Camet), y de común acuerdo con el Jefe de la Base Aérea de ese momento, Comodoro Agustoni, le fue cedida la instalación de un radar de vigilancia. a fin de facilitar a la agrupación el cumplimiento de la misión im- puesta por la superioridad en la lucha contra la subversión, en el período 1976 y 1977. Fácil resulta colegir que no cabe atribuirle a la Fue.rza Aérea ninguna ingerencia en dicho lugar, pues ha quedado demostrado que el mismo era utilizado por el Ejército. Finalmente cabe poner de manifiesto que si bien Marta Haydée Garda de Candeloro dice haber visto en dicho lugar utensilios con la inscripción Fuerza Aérea Argentina, en modo algum;> modifica lo precedentemente expuesto ya que es dable suponer que tales efectos fueron facilitados a los ocupantes de las instalaciones.