DE JUSTiCIA
28/06/1977
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_575
Texto del Fallo
DE JUSTiCIA
DE LA NACIÓN
579
ciudad
de
Ncuquén,
fueron
trasladados
a
la
ciudad
de
Mar
del
Plata.
Está probado
que Jorge Candeloro
murió el 28 de junio de 1977,
mientras
se encontraba
en cautiverio.
En tal sentido
luce a fs. 3 del expediente
reconstruido
N~ 17.079
el informe
del Ejército
Argentino
al Juzgado
Penal
3, del Departa-
mento
Judicial
de Mar del Plata,
la muertc
de Jorge
Candcloro
en
la fecha
indicada,
ocurrida
cuando
era trasladado
en un vehículo
afectado
a las Fuerzas
Armadas
y a raíz dc un íntento
de éste
de
fugarse,
aprovechando
un desperfecto
sufrido
en el móvil.
La esposa
de Candelol~otambién
da cuenta
de su muerte,
aun-
que afirma
que ella
se produjo
como
consecuencia
de una
larga
sesión
de tortura
a que fue s<;>metido,de la cual ella escuchó
sus
gritos 'de dolor.
Frente
a
tan
escaso
cuadro
probatorio,'
resulta
forzoso
con-
cluir en que no se encuentra
acreditado
que esta muerte haya sido
la consecuencia
del
accionar
violento
de sus
captores.
Por último,
surge de autos, que el hecho que damnificó
a Jorge
Candeloro
fue desarrollado
de acuerdo
al proccder
descripto
en la
cuestión
de hecho
N~ 146.
CASO N~ 128:
CENTENO,
NORBERTO
'OSCAR
Está
probado
que
el doctor
Norberto
Osear
Centeno
fue pri-
vado dc su libertad
el día 7 de julio
de 1977, en las proximidades
de su estudio
jurídico,
sito en la ciudad de Mar del Plata.
Ello
surge
del tcstimonio
brindadó
por su hija, la doctora
Ma-
ría Eva Centeno, quien si bien manifiesta
no haber presenciado
el
hccho
reficre
haberse
enterado
de él a través
de un empleado
del
estudio
dc su padre
de apellido
TomageJli.