a Mala- gueño
06/11/1981
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 341
ID: fallos_341_601
Keywords / Subjects
PROPIEDAD
Cited Norms
decreto
975/78
Ruling Text
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
605
Ello surge de la copia auténtica
del decreto
975/78, .agregado
a la causa
y de sus dichos ante el Tribunal,
añadiendo
que luego
de permanecer
en U. 1, fue trasladado
por una semana,
"a Mala-
gueño"., luego a la Unidad Penitenciaria N? 1 de Córdoba y finalmente,
el 26 de septiembre
i;' la Unidad Penitenciaria
N? 9 de La Plata,
desde donde el 6 de noviembre
de 1981 fue puesto bajo el régimen
de libertad
vigilada,
cesando
su
arresto
a disposición
del Poder
Ejecutivo Nacional por decreto n? 1064/82 del 31 de mayo, también
agregado a la causa.
Se ha
demostrado,
por
su parte,
que luego de su cautiverio
su propiedad
fue ocupada
por
efectivos militares
y le fueron
sus-
traídos
diversos objetos
de valor.
Ello emana de sus propios
dichos y los de su hijo, en oportw
nidad
de declarar
en
la audiencia,
quienes
coinciden
en señalar,
que rec,uperada su libertad,
encontraron
su quinta saqueada, faltán-
-dale, entre otras cosas, una Pick Up, modelo 1968, un tractor
Deutz
35, un arado de rejas, un arado de discos, 400 cajones fruter~s, una
mesa para
seleccionar
frutas,
herramientas
varias,
puertas,
venta~
nas,
sanitarios,
azulejos
arrancados
y destruída
la plantación
de
1:800 frutales.
Intentó
formular
denuncia en las comisarías
de On-
cativo y de Guiñazú, pero no le fueron Tecibidas.
Su esposa, asi-
mismo, relata
que en las oportunidades
en que visitó la finca vio
solamente
camiones de ejército
y ninguna
de las maquinarias
que,
,antes del secuestro
estaban a la vista. Por su parte, el testigo Hor-
tensia
Miguel Tuminetti,
vecino desde 1980, manifiesta
ante el Tri~
'bunal que tiempo antes visitó la finca lindera notando
que la de la
'familia Viotti
se encontraba
abandonada,
con malezas crecidas, pu-
diendo observar' en ella, la presencia
de personal
militar.
Por último,
surge de autos, que
los hechos
que damnificaron
a Silvia Octavio
Viotti
fueron
desarrollados
de acuerdo
al proce-
.der descripto
en las cuestiones
de hecho n? 146 y 147.