DE L\ CORTE
25/03/1976
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_638
Keywords / Subjects
SUPREM
Ruling Text
642
FALLOS
DE L\ CORTE
SUPREM:A
cinco
días aproximadamente.
No recuerda específicamente
a un de-
tenido
d<;;apellido
Valverde,
pero explica,
coincidentemcnte
con los
restantes
testigos,
que la misión
encomendada
consistía
en
la de-
tención
de personas
buscadas
por
el Comando ,del Area y su pos-
terior remisión,
previo
a la confección
de un acta, al "Campo de la
Ribera",
concluyendo
allí
su
cometido.
Aclaró
finalmente
que
el
sitio
desde el que actuaba era una plaza de estacionamiento,
lugar
éste
donde no existían
posibilidades
de mantener
personas
en de.
tendón.
Está
probado
que luego Valverde
fue trasladado
al centro
de
detención
denominado
"La Perla"
que operaba
en dependencias
y
con personal
subordin,ado al Terc~r Cuerpo de Ejército.
Elner Pascual
Guillermo
Fessia, al prestar
testimonio
dice que
fue privado
de su libertad
el día 25 de marzo de 1976 y conducido
a "La Perla", Jugar que luego reconoció.
Asegura
en su deposición
que escuchó
cuando una persona
interrogaba
insistentemente
a otra
por su "nombre de guerra", logrando de la interrogada
una respues.
ta constante
e invariable
"Valverde Eduardo", "Eduardo Valverde".
Debe destacarse,
que
de los dichos
ya señalados
de
Mercado
y Bonetto¡
se extraen
dos importantes
conclusiones,
en primer
lu.
gar que los oficiales
de Aeronáutica
a cargo
de la unidad
en que
quedó detenido
Valverde, no sólo recordaron
los rasgos
más carac.
terístico
de él, sino que aseguraron
que el traslado
al "Campo
de.
La Ribera",
se efectuó a solicitud
del Tercer Cuerpo de ,Ejército,
lo
que encaja
a la perfección
con
las referencias
que aporta Bonetto
acerca
de la gestión
ya señalada.
Durante la detención
se hicieron
gestiones
ante autoridades
en
procura
de su paradero
y libertad.
María. Elena Mercado
esposa
de la víctima
y abogada
al igual
que él, expone
acerca
de un sinnúmero
de diligencias
tendientes
a
ello. Desde la presentación
de tres recursos
de hábeas
corpus,
dos
de los cuales
corren
por cuerda, una causa por privación
ilegítima
de libertad
tambü~n acollarada,
entrevjst~s
con el <?eneral Vaquero,