Las declaraciones
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_650
Keywords / Subjects
ROBO
Ruling Text
654
FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
Las declaraciones
de los nombrados
resultaü
coincidentes
en
cuanto
a la cefÍeza del lugar en que
se hallaban
alojados,
el que
estaba ubicado en la autopista
Richieri y Camino dc Cintura, lo que
averiguaron
entre
otras
cosas por conversaciones
escuchadas
a los
guardias
y por una serie de caracteristicas
del lugar, el cual una
vez en libertad
algunos, como Jorge
Federico
Watts,
pudieron
reco~
nacer judicialmente
en la causa N'? 25.040 en trámite
ante
el Juz-
gado de Instrucción
a qlrgo del Dr. Olivieri. También son contestes
en cuanto a los nombres y apodos de las personas que se encontraban
a cargo del centro.
Está
probado
que en
ocaSlOll
de su cautiverio
fue sometida
a
algún
mecanismo
de tortura.
Ello surge -del testimonio
de la víctima, quien refiere que al.lle~
gar al centro
de detención fue separada
de su marido,
desvesti~a,
atada y torturada
con pasajes de corriente
eléctrica en todo el cuer-
po, fundamentalmente
en los órganos genitales. Agrega que el cen-
tro estaba compuesto
por
tres casas, señalando
que fue objeto
de
torturas
en la N'? 2.
Su relato
encuentra
amplia corroboración
en los dichos de las
personas
que compartieron
su cautiverio
con la víctima, ya indivi-
dualizadas,
las que afirman
haber
sido sometidas
a similares
tortu-"
ras en el mismo lugar y época y por las mismas personas.
Por otra
parte,
agregan que en "El Vesubio" todos eran torturados.
Durante
ese tiempo o parte
de él se le impusieron
condiciones
inhumanas' "de vida y alojamiento.
La damnificada
refiere que Juego de la tortura
en la casa 2 se
la mantuvo tirada en lo que se denominaba "cucha" que era un lugar
muy pequeño, esposada y con Jos ojos vendados. En similares
con-
diciones se encontraban
todos' los alojados en dicha casa. A veces era
obligada junto a Estrella Iglesias Espasandín,
que era la persona que
estaba junto a ella en las "cuchas', a lavar platos y ropas. La recién
nombrada
avala Jo expuesto
por la víctima, agregando
que en una