← Back to results

DB LA CORTn SUPREMA

29/11/1976 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 341 ID: fallos_341_674

Judges

Mendoza

Keywords / Subjects

ROBO

Ruling Text

678 FAU.OS DB LA CORTn SUPREMA A fs. 60 de la misma causa obra otro informe que comunica que la víctima había sido trasladada, con fccha 27 de septiembrc, a la Unidad Penitenciaria N? 9 dc La Plata. Este informe es confirmado por el General Maradona a .fs. 65 (6 de octubre). Por otra parte, en la mencionada Unidad se constituyó el Juez para recibirle deelaración indagatoria (fs. 94, 29 de noviembre de 1976). De todo lo hasta aquí relatado se deduce que la víctima fue mantenida ilegítimamente en cautiverio desde el día de su excar- celación por el Juez Federal de Mendoza, el 24 de septiembre de 1976, hasta la fecha en que fuc puesto a disposición del Poder Eje- cutivó Nacional, el 7 de diciembre de 1976, como una manera de intentar dar visos de legalidad a su privación de libertad. Se halla acreditado también que en ocasión de su cautiverio fue sometido a algún ~ecanismo de tortura. En tal sentido, ]a vÍCtima manifestó que en ocasión de su vIaje desde Mendoza a La Plata, el dia 27 de septiembre de 1976, le pega- ron con palos en la Penitenciaría de Mendoza y lo mismo sucedió durante todo el viaje en avión. Estos dichos encuentran corroboración con los de Pedro Acan- to, quien dijo que en ocasión del viaje a La Plata, vio cuando le pegaban con un palo al Doctor Bustelo. El Doctor Bataglia mani- festó que Bustelo le contó que había sido maltratado en Mendoza y en cl avión; y su esposa, Petrona Adan de Bustelo declaró que cuando pudo verlo en la Unidad N? 9 de La Plata, estaba muy mal, la espalda negra de tantos palos que le habían dado, las manos lastimadas, por haber sido atado con alambre y le manifestó que le habían pegado en el avión. Durante todo ese tiempo o parte de él se le impusieron condi. ciones inhUlnanas de vida y alojamiento.