← Back to results

DE LA CORTE SUPRf: ..MA

29/03/1977 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 341 ID: fallos_341_688

Keywords / Subjects

BANCO ROBO

Ruling Text

692 ¡:;\LLOS DE LA CORTE SUPRf: ..MA fuera víctima Ornar Raúl Masera PincoIini y sobre cuya base debían haber formulado ]a pertinente. denuncia, conviene hacer una dis- tinci6I1. En cuanto a Jos CO,mandantes de la Fuerza Aérea Argentina y del Ejército ArgeJilino, mal puede adjudicárseles conocimiento de estos hechos si se tiene presente que se trató de un procedimiento ajcno a ellos. Respecto del Almirante Jorge Isaac Anaya no existe. elemento alguno, como no sea el dato puramente objetivo de su comandancia del arnla con posterioridad a la detención, que per- mitan acreditar\ con fehaciencia tal extremo. Por ultimo, surge de autos, que el ~echo que damnificó a Omar Raúl Masera Pincolini fue desarrollado de acuerdo al proceder des- cripto en la cuestión de hecho N? 146. CASO N? 172:CANALE, LUIS Está probado que Luis Canale fue privado de su libertad el día 29 de marzo de 1977, en las oricinas del Banco de la Nación Argen- tina -Casa Central-, por efectivos del Ejército Argentino. Al respecto el Tribunal se remite a las consideraciones vertidas en el caso siguiente relativo a Juan Carlos Malagarriga. El lugar donde ocurrió la detcnción, Zona de Defensa 1, permite suponer que fue llcvado a cabo por personal dependientc del Primer Cuerpo de Ejército .. Por otro lado, resulta acreditado que a Luis Canale se lo man- tuvo clandestinamente en cautiverio. Relató .1a víctima que luego de ser privado de su libertad, se le vendaron los ojos y fue conducido a un lugar que.no pudo identificar, donde lo tuvieron esposado y con los ojos ~endados durante siete días, junto con su cuñado Malagarriga. Este último corroboró Sil.S dichos en la audiencia.