DE LA CORTE SUPRf: ..MA
29/03/1977
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 341
ID: fallos_341_688
Keywords / Subjects
BANCO
ROBO
Ruling Text
692
¡:;\LLOS
DE LA CORTE SUPRf: ..MA
fuera
víctima
Ornar Raúl Masera
PincoIini
y sobre
cuya base
debían
haber
formulado
]a pertinente.
denuncia,
conviene
hacer
una
dis-
tinci6I1.
En cuanto
a Jos CO,mandantes
de la Fuerza
Aérea Argentina
y
del
Ejército
ArgeJilino,
mal
puede
adjudicárseles
conocimiento
de
estos
hechos
si se tiene presente
que se trató de un procedimiento
ajcno
a ellos. Respecto
del Almirante
Jorge
Isaac
Anaya no existe.
elemento
alguno,
como
no
sea
el
dato
puramente
objetivo
de
su
comandancia
del
arnla
con posterioridad
a la detención,
que
per-
mitan
acreditar\ con fehaciencia
tal extremo.
Por ultimo,
surge de autos, que el ~echo que damnificó
a Omar
Raúl Masera
Pincolini
fue desarrollado
de acuerdo
al proceder
des-
cripto
en la cuestión
de hecho N? 146.
CASO N? 172:CANALE,
LUIS
Está probado
que Luis Canale fue privado
de su libertad
el día
29 de marzo
de 1977, en las oricinas
del Banco de la Nación Argen-
tina -Casa
Central-,
por efectivos del Ejército Argentino.
Al respecto
el Tribunal se remite
a las consideraciones
vertidas
en el caso siguiente
relativo
a Juan
Carlos Malagarriga.
El lugar donde ocurrió
la detcnción,
Zona de Defensa 1, permite
suponer
que fue llcvado a cabo por personal
dependientc
del Primer
Cuerpo
de Ejército ..
Por otro lado, resulta
acreditado
que a Luis Canale se lo man-
tuvo clandestinamente
en cautiverio.
Relató .1a víctima
que luego de ser privado de su libertad,
se le
vendaron los ojos y fue conducido
a un lugar que.no pudo identificar,
donde
lo tuvieron
esposado
y con los ojos ~endados durante
siete
días, junto
con su cuñado
Malagarriga.
Este
último
corroboró
Sil.S
dichos
en la audiencia.