DE JUSTICIA
No date
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_691
Cited Norms
ley 18.188
Ruling Text
DE JUSTICIA
DE L4. NACIÓN
695
en el mismo
acto dinero y efectos personales,
y labrándose
la co-
rrespondiente
acta. Dicha acta es agregada a fs. 2 del mencionado
sumario.
Por su parte, si bien ante una requisitoria
del Tribunal,
Gendar.
merÍa Nacional informó que no se registran antecedentes
respecto del
supuesto
Comandante
César H'Utt, resultan
atendibles
a juicio
del
Tribunal las manifestaci?nes
del doctor Malagarriga a fs. 7 de dicho
. sumario, en el sentido
de que, al ser liberado,
el presunto
Capitán
Villanueva le manifestó
que actuaba
con un nombre simulado.
El lugar donde ocurrió la detención, Zona de Defensa 1, permite
inferir que ella se debió a la acción de fuerzas dependientes
del Pri.
roer Cuerpo de Ejército.
Está probado
además que en ocaSlOn de la privación de la liber.
tad fueron sustraidos
$ 67.646.502,00 (ley 18.188).
Dicha circunstancia
se acredita
con las manifestaciones
de la
víctima en la audiencia, ratificadas
por su cuñado Luis Canale.
Ambos son contestes
en el sentido
de que luego de la transac.
ci6n comercial
efectuada
con el señor
Etcheverry,
recibió
el equi.
valente a 200.000 dólares americanos, que debía consignar a la orden
de los vendedores.
Luego de retirarse
Etcheverry,
se
presentó
el
grupo armado
que lo privó de su libertad,
llevándose el dinero.
Ello se ratifica
con los dichos de los doctores
García Blanco y
Orduna, testigos de la detención y del acta labrada, en la cual consta
el secuestro
del dinero. El acta mencionada
se encuentra
agregada
a fs. 2 del sumario
administrativo
antes mencionado.
A ello deben
sumarse
las constancias
del expediente
N'?
3551,
del Juzgado Nacional
de Primera
Instancia
en lo Conlercial
N'? 21,
de la Capital
Federal,
caratulado
"Malagarriga,
Juan
Carlos c/Ma-
gario,
Raúl José
Melchor
y otros
s/consignación",
donde
se dejó
constancia
que la consignación
no pudo
hacerse
efectiva
por
ha.
ber sido sustraído
el dinero.