DE JUSTICIA
03/11/1976
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_693
Keywords / Subjects
ROBO
Ruling Text
DE JUSTICIA
DE 1J\
NACIÓN
697
Avala lo expuesto.
tanto
lo manifestado
por
su hijo
Osear
Or-
lando
Godoy, quien
si bien no presenció
el hecho, se enteró
de lo
ocurrido
por intermedio
de un telegrama que le envió un hermano,
como
la circunstancia
de haber
sido vista la víctima
en cautiverio,
luego
de su detención,
por otras
personas
a las que más adelante
se habrá
de referir,
en Wl lugar
dependiente
del Ejército.
Con motivo
de su detención
se hicieron
gestiones
ante
autori-
dades
en procura
de la averiguación
de su paradero
y libertad.
Su hijo,
cl
referido
Osear
Orlando
Godoy,
al deponer
en
la
audiencia,
manifiesta
que
una vez enterado
de la desaparición
de
su padre
concurrió
junto
a su madre
a la Base Militar
de Santa
~ucía, donde
se
entrevistó
con el ,encargado,
quien
luego
de algu-
nas negativas
le manifestó
qu'c su
progenitor
se
hallaba
detenido
y que en poco
tiempo
recuperaría
su libertad.
También
está probado
que a Enrique
Godoy se Jo mantuvo
clan-
destinamente
en cautiverio
en una
Unidad Militar
en. la Provincia
de Tucumán,
que
dependía
operacional
mente
del Tercer Cuerpo de
Ejército.
.
Ello surge de los dichos
de la víctima
que relata
que el lugar
se encontraba
a trescientos
o cuatrocientos
metros
de la ciudad
de
Tucumán.
Lo expuesto
se encuentra
corroborado
por el testimonio
de Juan
Orozco, quien reJata que también
fue privado
de su libertad
y que
en el lugar donde
permaneció
cautivo
escuchó
la voz de Godoy, a
quien conocía
por ser vecino
suyo.
Ambos coinciden
en cuanto
a que allí actuaban
integrantes
del
Ejército.
Está probado
que
Enrique
Godoy recuperó
su libertad
el 3 de
noviembre
de 1976.
Ello
surge del propio
testimonio
del nombrado
y se encuentra
avalado
por los dichos
de su hijo, antes nombrado.