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FAL1.0S DE LA CORm

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_710

Ruling Text

714 .•. FAL1.0S DE LA CORm SUPRE.MA Durante todo ese tiempo o parte de él. se le impusieron con- diciones inhumanas de v.ida y alojamiento. El ya citado Daelli, continúa su narración y expresa que todas esas personas, entre .las que se encontraba Reyes, eran mantenidas "engrilladas", es decir, encadenadas, con dos candados cuya nume- ración debían recordar para posibilitar la apertura que les penni- tiera movilizarse, 10 que así ocurría en ocasiones en que eran Jle- vados al ámbito donde se los torturaba, o para ir a efectuar sus necesidades fisiológicas básicas. Eventualmente, los allí recluidos podían dormir sobre colchonetas, pero la generalización de los casos era ]a de "estar desparramados por el suelo". A pesar de que no ]0 mcnéiona respecto de Reyes, también generaliza el hecho de eS,tar "tabicado'" és decir vendados sus ojos permanentemente. No está probado que luego de ello, María del Carmen Reyes haya sido vista en libertad. En efecto, de todas las probanzas incorporadas a la causa, espe- cialn1ente la testimonial brindada por su padre, no surge referencia alguna al respecto, Pero, ha de tenerse muy especialmente en cuenta lo relatado por DaeIli sobre un acontecimiento que ocurrió en "Club Atlético", Expresa que en un momento determinado, advierte una gran conmoción que sobrecogió a quienes se encontraban sometidos a condiciones infrahumanas de trato, puesto que se había informado a alguno de los cautivos, que serían trasladados a una "granja de recuperación" en la Provincia del Chaco, que serían nevados en avión, y que se les iba a suministrar una "inyección" para evitar el marco. Una de estas personas era María del Carmen Reyes. Por último, surge de autos, que los hechos que damnificaron a María del Carmen Reyes fueron desarrollados de acuerdq al proce~ der descripto en ]a cuestión de hecho Ni? 146,