I;,\LLOS DE LA CORlC SUPREMA
04/01/1983
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_728
Normas Citadas
decreto
1878/76
Texto del Fallo
.<
732
I;,\LLOS DE LA CORlC SUPREMA
torturados.
sometidos
a
pasaje
de corriente
c1éctrica
y golpeados
con
particular
ensañamiento
por
los
carceleros
de
dicha
unidad
peni tenciaria.
Por su parte,
está
probado
que
el
doctor
Hipólito
Solari
Yri-
goyen, recuperó
su libertad
el día 17 de mayo de .1977.
El ex legislador
hizo uso de la opción
para
abandonar
el país
en esa fecha, partiendo
rumbo a Venezuela
desde el Aeropuerto
In-
ternacional
de Ezciza,
embarcado
en una aero~ave de la empresa
venezolana
VIASA.
Todo ello surge de la copia del decreto
respectivo,
que obra en
poder
del Tribunal, de las constancias
del recurso
de hábcas
cor-
pus interpuesto
ante el Juzgado
Nacional
de Primera
Instancia
en
lo Criminal
y Correccional
Federal
N~ 6 (causa
154), Y de los pro-
pios
dichos
dcl doctor
Solari
Yrigoyen.
Por otra parte, cabe destacar
que según el informe
elevado
por
el entonces
Ministro
del Interior,
General Llamil Restan,
con fecha
4 de enero
de 1983, hizo saber
quc el Poder
Ejecutivo
Nacional
re-
solvió
no autorizar
el regreso
al país
del nombrado,
situación
que
perduró
hasta
que el decreto
1878/76 fue declarado
inválido
por
la
Corte
Suprema
de Justicia,
el día
1.1 de marzo
de .1983, según
se
dejó
constancia
precedentemente.
Por último,
surge de autos,
que los hechos
que damnificaron
a
Hipólito
Eduardo
Solari
Yrigoyen
fueron
desarrollados
de acuerdo
al proceder
descripto
en la cuestión
de hecho
N~ 146.
CASO N~ .189: AMAYA, MARIO
ABEL
Está
probado
que el ex diputado
nacional
Mario
Abel Amaya
fue privado
de su libertad
por un grupo armado que dependía
ope.
racíonalmente
del Ejército
Argentino
el 17 de agosto
de 1976, en su
domicilio,
sito
en la calle
Pecorado
120, de la
ciudad
de Trelew,
Provincia
de Chubut.