DE LA CORTE SUPREMA
19/10/1976
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_730
Keywords / Subjects
ROBO
VOTO
Ruling Text
734
}IAllOS
DE LA CORTE SUPREMA
El doctor
Mario Abel Amaya fue puesto
a disposición
del Podcr
Ejecutivo
Nacional
el H de septiembre
de 1976, y a partir
de ese
momento
se lo mantuvo
detenido
en la Cárcel de Bahía Blanca
(Vi-
lla Floresta)
y en l~ Cárcel de Rawson
(U.6). pertenecientes
al Ser-
vicio
Pení tenciario
Nacional.
Estos
extremos
han
sido
suficientemente
comprobados.
de
acuerdo
con
]0 expuesto
en el caso
N? 188.
En
las unidades
carcelarias
antes
mencionadas
fue
sometido
a
algún
mecanismo
de tortura.
En lo que
hace
a las
torturas
de que
fuera
víctima
el doctor
Amaya,
se da cuenta
detalladamente
en el caso
Nc;>
188.
El doctor
Amaya falleció
en
el Hospital
Penitenciario
Central,
el 19 de octubre
de 1976.
En la causa
N? 648-210-1976obran
constancias
en lo relativo
a
su traslado
al Hospital
Penitenciarlo
Central,
donde
se produjo
el
deceso.
A fs. 64, el Jefe de Seguridad
Interior
del Servicio
Penitenciario-
Nacional,
con fecha
2 de diciembre
de
1976, informó
que Amaya
ingresó
en la Unidad
6 de Rawson
el 11 de septiembre,
procedente
del
Servicio
Correccional
(U-4) de Bahía
Blanca,
y fue
evacuado.
con
destino
al Hospital
Penitenciario
Central
el 28 de
septiembre.
Este
informe
c.::scorroborado
por
las
constancias
de
su legajo:
formado
por
autoridades.
penitenciarias,
donde
consta
su
ingreso.
en la Unidad
N? 2 (Villa Devoto),
el día.' 28 de septiembre,
para
su
traslado
al Hospital
Penitenciario
Central,
para' ser
tratado
de una
afección-
pulmonar
crónica.
A fs. S4 obra
copia
de la partida
de defunción
de la víctima,
quien
falleció
el
19 de octubre,
como
cons~cuencia
de
una
insufi-
ciencia
cardíaca
aguda
no traumática,
producida
en
el mencionado--
Hospital.