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DE LA NACIÓN

14/05/1976 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 341 ID: fallos_341_745

Judges

Vázquez Pérez Ocampo

Keywords / Subjects

SEGURO SOCIEDAD ROBO

Ruling Text

. DE JUSTICIA' DE LA NACIÓN 749 NI? 4, indica que su hija concurrió normalmente a su trabajo en la Sociedad Militar de Seguro de Vida el 14 de mayo de 1976 pero desde la hora 14 de ese día se carece, de noÚcias sobre su paradero. En el expediente mencionado, deponen a fs. 182 y 189, Alicia Carmen Prince y Luis Manuel Pereira, también empleados de ese organismo, quienes reconocen que la Quinteiro dejó de concurrir a sus tareas desde ese día, corroborando con ello los términos del progenitor de la damnificada. A estas medidas probatorias hay que agregar las manifestacio~ nes de América Tallarico, fs. 130, 292 Y 605 de los autos del Juzgado Federal N? 4 señalado, quien explica que ese día se presentaron a la Sociedad Militar tres personas que se identificaron, uno como Mayor del Ejército Argentino y dos como integrantes de la Policía Federal. los que preguntaron por la Quinteiro y solicitaron cono- c~rla, cosa que efectivamente se hizo sin que la perjudicada se per- catara de ello, no tomándose otra medida al respecto. Que como un elemento más que permite corroborar el extremo en estudio, se debe tener en cuenta que la Quinteiro integraba, jrmto con Mónica María Mignone, Beatriz Carbonell de Pérez Weiss, Horacio Pérez Weiss,' María Esther Lorusso, César Amadeo Lugones . y María Marta Vázquez Ocampo de Lugones, el grupo de catequis- tas que colaboraban con los sacerd?tes Orlando Virgilio Yorio y Jalics en una villa del Bajo Flores, todos los cuales fueron privados de su libertad para la misma fecha, según surge de los casos tam- bién a estudio del Tribrmal y ql.le fueran analizados en su oportu~ nidad en forma individual. Por último se debe agregar lo rnimifcstado por el sacerdote Or~ lando Virgilio Yorio ante este Tribunal y a fs. 351, 664 y 673 del expediente N9 4333 del Juzgado Federal N9 4, que cuando fue se- cuestrado por personal militar fue interrogado reiteradamente sobre la Quinteiro. A mérito de la prueba reseñada en el caso 190 se demuestra que en la detención intervino personal de la Armada.