DE LA NACIÓN
14/05/1976
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 341
ID: fallos_341_745
Judges
Vázquez
Pérez
Ocampo
Keywords / Subjects
SEGURO
SOCIEDAD
ROBO
Ruling Text
. DE JUSTICIA'
DE LA NACIÓN
749
NI? 4, indica que su hija concurrió normalmente
a su trabajo
en la
Sociedad
Militar
de
Seguro
de Vida el 14 de mayo de 1976 pero
desde la hora 14 de ese día se carece, de noÚcias sobre su paradero.
En el expediente
mencionado,
deponen
a fs. 182 y 189, Alicia
Carmen Prince y Luis Manuel Pereira, también
empleados
de ese
organismo, quienes reconocen que la Quinteiro dejó de concurrir
a
sus tareas
desde ese día, corroborando
con ello los términos
del
progenitor
de la damnificada.
A estas medidas probatorias
hay que agregar las manifestacio~
nes de América Tallarico, fs. 130, 292 Y 605 de los autos del Juzgado
Federal
N? 4 señalado, quien explica que ese día se presentaron
a la Sociedad Militar tres personas que se identificaron, uno como
Mayor del Ejército Argentino y dos como integrantes
de la Policía
Federal. los que preguntaron
por la Quinteiro
y solicitaron
cono-
c~rla, cosa que efectivamente se hizo sin que la perjudicada
se per-
catara de ello, no tomándose otra medida al respecto.
Que como un elemento más que permite corroborar
el extremo
en estudio,
se debe tener
en cuenta
que la Quinteiro
integraba,
jrmto con Mónica María Mignone, Beatriz Carbonell de Pérez Weiss,
Horacio Pérez Weiss,' María Esther Lorusso, César Amadeo Lugones .
y María Marta Vázquez Ocampo de Lugones, el grupo de catequis-
tas que colaboraban
con los sacerd?tes
Orlando Virgilio Yorio y
Jalics en una villa del Bajo Flores, todos los cuales fueron privados
de su libertad para la misma fecha, según surge de los casos tam-
bién a estudio del Tribrmal y ql.le fueran analizados en su oportu~
nidad en forma individual.
Por último se debe agregar lo rnimifcstado por el sacerdote Or~
lando Virgilio Yorio ante este Tribunal
y a fs. 351, 664 y 673 del
expediente
N9 4333 del Juzgado
Federal
N9 4, que cuando
fue se-
cuestrado por personal militar fue interrogado reiteradamente
sobre
la Quinteiro.
A mérito de la prueba
reseñada
en el caso 190 se demuestra
que en la detención intervino
personal
de la Armada.