← Volver a resultados

No está probado

23/05/1976 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 341 ID: fallos_341_746

Voces / Materias

ROBO

Texto del Fallo

750 / FALLOS DE LA CORTE SUPREMA No está probado que a Marta Mónica Quinteiro se la mantuvo clandestinamente en cautiverio en alguna dependencia militar. En efecto, hasta la f~cha el único elemento ~on que se cuenta para presumir tal extremo, son los dichos del sacerdote Orlando Virgilio Yorio, en cuanto afirma que estando detenido en la Escuela de Mecánica de la, Armada oyó una voz que le pareció era de la Quinteiro, careciéndose de otra probanza corroborante, pese a que Como se indicó precedentemente, intervino personal de ]a Armada Argentina. No está probado que Marta Mónica Quinteiro. re~uperó su li- bertad. Al respecto no se han acompañado elementos que permitan presumir tal cosa. De la prueba arrimada se desprende que al momento del hecho eran Comandantes en Jefe de sus respectivas fuerzas, Videla, Mas~ sera y Aggosti. En lo concerniente al conocimiento que pudieran haber tenido de tal hecho los Brigadieres Generales Graffigna y Lami Daza, el Teniente General Galtieri y el Almirante Anaya, no existe pro~ banza alguna, tal como se lo expusiera (Caso 190). Por fin, cabe tener por cierto que el hecho respondió al pro- ceder descripto en la cuestión de hecho 146, a cuya consideración se remite. CASO N, 197: YORIO, ORLANDO VIRGILIO Está probado que el día 23 de mayo de 1976, en horas de la mañana, Orlando Yirgilio Yorio fue privado de su libertad cuando se encontraba cumpliendo su misión sacerdotal en una villa del Bajo Flores, en compañía de otr0 sacerdote, Francisco Jalics.