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DE J USTICL\

30/07/1977 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 341 ID: fallos_341_777

Voces / Materias

MATRIMONIO HÁBEAS CORPUS ROBO

Texto del Fallo

DE J USTICL\ DE LA N,\CI6N 781 Pese a los informes negativos producidos por el Ejército, ha- biendo quedado descartada la participación de esa fuerza, no es posible atribuir carácter mendaz a aquélla. Sí se puede afirmar, en cambio, que el hecho de que fue vÍC- tima Inés Ollero respondió al proceder descripto en la cuestión de hecho 146. CASO N? 209: RAPELA DE MANGONE, MARIA JaSE Está probado que el día 30 de julio de 1977, en horas de la tar- de, María José Rapela de Mangone, fue privada de su libertad, junto con su esposo, en su domicilio de la calle Atacama 973, Ituzaingó, Provincia de Buenos Aires, por civiles armados. Ello es asÍ, por los dichos de los padres de la víctima, vertidos en los diversos recursos de hábeas corpus interpuestos y, .la madre, ante el Juzgado Federal de Morón, en la causa N? 805/83, donde a fs. 13 y 16 indica que por versiones de vecinos se enteraron que los autores del hecho fueron personas no unifonnadas que se iden- tificaron como pertenecientes a la VII Brigada de Morón y Policía Federal. Agrega que su hija se encontraba embarazada. Ellos no presenciaron el hecho. ES10 es corroborado por el testigo Alfonso Fernández al depo- ner en la audiencia oral ante este Tribunal. Manifestó haber' visto a civiles armados llevar al matrimonio Mangone en un automóvil, a ,lo que debe agregarse como un elemento determinante el hecho de que se encuqntra acreditado que Maria José Rapela de Mangone fue mantenida en cautiverio en forma clandestina en ESMA. Esto surge de lo manifestado en la audiencia oral por Lila Vic- toria. Pastoriza cuando indica que vio a María José Rapela de Man- gane con su marido en ESMA y oyó comentarios de que estaban allí por un problema que había sucedído en el Hospital Italiano. Tam- bíén manifiesta que Rapela de Mangone había perdido un emba- razo, cosa que también indica Graciela Daleo ante el Tribunal.