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DE LA CORTE SUPRlThiA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_784

Texto del Fallo

788 FAllOS DE LA CORTE SUPRlThiA la causante, dado que la divulgación profusa ha sido coetánea con tal pedido, siendo por demás sospechosa tal contradicción la que evidentemente no respondió a un acto fortuito o a una mala intcr~ pretación de un funcionario poco avisado. Cobra también fundamental relevancia lo que surge del suma- rio N? 8653 del Juzgado Federal N? 5, del que se desprende que Alberto Eduardo Girando en ocasión de estar cautivo en la Escuela de Mecánica de la Armada vio a la causante y a su compañera Lean- nie Renée Duquet, compartiendo su cautiverio con ellás (canfr. tes- timonio del mismo a fs. 230/274 del sumario 8653 del Juzgado Fede- ral NI? 5). Graciela Beatriz Dalca declara tcstimonialmentc expre. sando que cuando fue secuestrada y conducida a ese instituto, por medio de otra secuestrada, Ana. María Martí, se enteró que a las monjas les iban a sacar fotografías y que darían a conocer que un grupo armado las había secuestrado. Este comentario llegó a ella I como referido a las monjas francesas de la Iglesia de la Santa Cruz (confr. fs. 298/300 del eilado sumario crIminal). Ante el Tribunal manifestó haberla visto a la causante. La testigo Cal"baBida de Cerrutti declaró ante este Tribunal que observó cuando la Doman era secuestrada el día del hecho, mien- tras que Carlos García declaró en el juicio haber sido compañero de ella en el sector conocido como "Capucha". Andrés Ramón Castillo, al declarar ante el Tribunal revela lo que se comentaba en la' ESMA respecto de las actividades de los familiares de los desaparecidos destacando que el oficial naval As- tiz se había infiltrado en el mismo y que se iba a realizar un ope. rativo contra este grupo. Los elementos de juicio citados permiten al Tribunal llegar a la certeza con grado de convicción de que la causante estuvo cautiva clandestinamente en el instituto naval referido. No ha quedado demostrado que la Doman haya sido sometida durante su cautiverio a algún mecanismo de tortura. En autos no. existen elementos de juicio que permitan afirmar lo contrario.