DE LA CORTE SUl'REl\1A
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Tomo 341
ID: fallos_341_802
Voces / Materias
HÁBEAS CORPUS
Texto del Fallo
806
FALLOS
DE LA CORTE SUl'REl\1A
la Embajada
de la República
de Italia
remitió
notas
a nuestm
go-
bierno
procurando
información
acerca
de diversas
personas
que
apa-
reCÍan como
desapareddas
y reclamando
por
la averiguación
de
su
destino,
lo que motivó
la citada
denuncia
donde
el causante
figuraba
como una de las víctimas.
Está
probado
que a raíz de las solicitudes
judiciales,
las
auto-
ridades
requeridas
contestaron
negativamente.
En efecto, en el hábeas corpus
425/77 que tramitara
ante el Juz-
gado
Federal
N~ 5, la Policía Federal, el Ministerio
del Interior
y el
Estado
Mayor del Ejército
-Jefatura
1-
Personal,
contestaron
nega-
tivamente
(con fr. fs. 8, 9 Y 11). Y en el hábeas
corpus
1I0/78
que
tramitó
ante
el Juzgado
Federal
N? 2, las mismas
autoridades
infor-
maron
también
en la misma
forma
(confr. 7, 8 Y 9).
. Como ha quedado
probado,
en la détención
de Remo Carlos Be-
rardo
intervino
personal
dependiente
de la
Armada
Nacional.
Si se
tiene
en cuenta
que la fuerza
que respondió
a tales
requerimientos
en ambas
acciones
judicial.es
fue el Ejército,
se desvanece
la posible
J)1cndacidad en tales informes,
ya que la participación
de la misma
en
este
hecho
quedó
descartada,
no quedando
acreditada
tal
cir-
cunstancia.
I
Está probado
que a Rcmo
Carlos Berardo
se lo mantuvo
clan-
destinamente
en cautiverio
en la Escuela
de Mecánica de la Armada,
que dependía
operacionalmcnte
del Primer Cuerpo de Ejército.
Para tener por cierto lo afirmado,
se tienen en cuenta
la moda-
lidad de los hechos y las denuncias
que dieron origen a los casos 210,
211, 212, 213, 214, 215, 216, 217,219
Y 220, que corresponden;'
otros
damnificados
compañeros
del causante
que fueron secuestrados
unos
en la Iglesia
de la Santa Cruz y Jos otros en distintos
lugares,
pero
por las
mismas
razones,
obrando
como
prueba
en común
la cnull-.
ciad~ al rcsCJjVer,elTribunal"cl
caso 216, aplicable
a éste en su parte
pertlllcnte.
'
También se tienen en cuenta los dichos de Beatriz Haydée Aicardi
de Neuhaus
(confr. fs. 293, del sumario
8653, del Juzgado
Federal