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DE JUSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_847

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 851 debe agregarse la declaración del Dr. Angel F. Robledo a fs. 428 del anexo indicado, man,ifestando que efectuó gestiones, negativas, por Brodsky ante el Almirante Massera y el Gral. Albano Harguindeguy. Está probado que Fernando Rubén Brodsky fue mantenido clan- destinamente en cautiverio en la ESMA. Ello es así por' los terminantes dichos de otras personas que, como víctimas, declaran en autos, indicando haber estado alojadas en esa institución y visto a Brodsky, ellos son: Norma Cozzi, Víctor Basterra, Enrique Fukman, Carlos Muñoz, Thelma Jara de Cabezas, Héctor Piccini, Lázaro Gladstein, Arturo y Susana Barros. Basterra .acompañó en el sumario N9 18.206, que tramita ante el Juzgado de Instrucción N? 30, Secretaría 164, una fotografía de Brodsky que habría sido obtenida durante su cautiverio en ESMA, foto en la cual Fukman, en el mismo expediente, reconoce a la víctima. Los testigos mencionados señalan en 'qué '~ctividad o lugares de ESMA vieron al damnificado, como ser en el lavadero, en la dependencia donde se efectuaban trabajos de inteligencia, en una isla del Tigre, .donde varios detenidos fueron llevados cuando llegó al país. una delegación de la Comisión Interanlericana de Derechos Humanos de la O.E.A. No está acreditado que Fernando Rubén Brodsky haya recu- perado su libertad. Ello es así en virtud de que solamente se tienen los dichos de la madre del perjudicado, cuando manifiesta que éste hablaba por teléfono a la casa; la última vez que lo hizo fue para enero o fe- brero de 1980. No está probado que Fernando Rubén Brodsky haya sido some- tido durante su cautiverio a algún mecanismo de tortura. Sobre esto no se han arrimado elementos acreditantes, ya que .Jos testigos de cautiverio sólo dicen haberlo visto alojado en ESMA. Por último cabe tener por cierto que los hechos que damnifi- caron a Fernando Rubén Brodsky respondieron al proceder des- .cripto en la cuestión de hecho N9 146, a cuya consideración se remite.