DB JUSTICIA
22/02/1980
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_849
Texto del Fallo
DB JUSTICIA
DE LA NACI6N
853
Que este
extremo
y manifestaciones
de la Cozzi,
se encuentran
avalados
por
las
coincidencias
de sus
dichos
con
otras
vÍCtimas
y
el hecho
de haber
sido vista en ESMA por otros
declarante
damni-
ficados,
Osvaldo Acosta,
Héctor
E.o Piccini,
Thclma
Jara
de Cabe-
zas, Arturo
Barros
y
Susana
Leiracha.
Completa
el plexo
pi'oba-
torio la fotografía
que
le fuera
sacada
a "la causante
en el interior
de dicha escuela
naval, aportada
por Víctor
M. Bastcrra
en aulos
N~ 18.206 del Juzgado
de Instrucción
N~ 30 de esta
Capital.
También
se
encuentra
probado
que
durante
su
cautiverio
o
parte
de
él fue
sometida
a condiciones
inhumanas
de
vida.
Ello lo es por los dichos de la Cozzi acerca de q.ue estuvo algu-
nos
días
con
los
ojos
vendados,
atada
a una
cama,
con
grilletes,
lTIal
alimentada,
y en
pésimas
condiciones
de
higiene,
lo
que
con-
cuerda
con
dichos
de otros
damnificados
sobre
este
mismo \ tema.
Se puede
tener
por
cierto
que
Norma
Cristina
Cozzi
fue
obli-
gada,
durante
el lapso
en que
se
~a mantuvo
privada
de libertad,
a
realizar
tareas
indicadas
P?r sus
captores,
sin recibir
remuneración
de
ningún
tipo.
En
tal
sentido,.
y
atento
la identidad
probatoria
que
este
extremo
guarda
con
el
oportunamente
analizado
en
los
casOs 686 y 687 J el Tribunal
se remite
a ellos
brevitatis
causa.
Está
probado
que Norma
Cristina
Cozzi fue liberada
el 22 de
febrero
de 1980. Tal surge
de sus dichos
y de los nombrados
Pic-
cini,
Barros
y Leiracha,
ya que
todos
ellos
fueron
dejados
en liber-
tad
simultáneamente.
En
referencia
a las
objeciones
'formuladas
oportunamente
por
la defensa
del
Almirante
Lambruschini,
el Tribunal
se remite
a las
consideraciones
efectuada?
al
tratar
la
parte
pertinente
del
casO
207 y al apartado
"H" de
las
consideraciones
previas,
en
un
todo
aplicables
al presente.
Por último,
surge
de autos,
que
los hechos
que
damnificaron
a
Norma
Cristina
Cozzi
fueron
desarrollados
de acuerdo
al proceder
descripto oen la cuestión
de hecho N? 146.