Pozo de Banfield
13/02/1978
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 341
ID: fallos_341_861
Voces / Materias
PROPIEDAD
VOTO
Texto del Fallo
DE JUSTIcIA
DE LA NACIÓN
865
tal como se ha hecho referencia en el caso 245, relativo a Guillermo
Luis
Taub.
A Flora Gurevich de Taub se la mantuvo
clandestinamente
en
cautiverio
en la Brigada de Investigaciones
de Banfield
("Pozo de
Banfield"),
perteneciente
a la
Policía
de la Provincia
de Buenos
~ires, que dependía
del Primer
Cuerpo de Ejército.
En ese sentido, manifestó
la víctima que fue trasladada
a ese
lugar, donde el 13 de febrero de 1978 se encontró
con su hijo.
Ello resulta
acreditado
por
las consideraciones
efectuadas
en
el caso 245, en el sentido que Luis Guillermo Taub fue Dlantenido
en cautiverio
en ese lugar junto
a. sus padres
hasta
el 14 de fe-
brero
de 1978 que
fueron
trasladados
a la Unidad
Penitenciaria
N? 2 (Villa Devoto).
Durante
todo ese tiempo
o parte
de él se le impusieron
con-
diciones inhumanas
de vida
y alojamiento.
Declaró la señora de Taub Slue durante
su cautiverio
en la Bri-
gada de Banfield estuvo encerrada
en una celda, le abrían la puerta
una vez por día y le pasaban
la comida en un jarro. Manifestó ade-
más que por las noches la sacaban para interrogarla.
Esta
descripción
resulta
coincidente
con la de otras
person.as
que fueron .privadas
de su libertad
e~ dicho lugar, según se hizo
referencia
en el caso N? 3.
Por otra parte se halla suficientenlente
delTIo"stradoque a Flora
Gurevich de Taub se la mantuvo detenida en .la Cárcel de Villa De-
voto
(U.2), perteneciente
al Servicio Penitenciario
Nacional, desde
el 14 de febrero de 1978.
Al respecto el Tribunal
se remite a 'las consideraciones
efectua-
~
das en el caso 245.
I
En lo que hace al desapoderamient~
de bi~nes de su propiedad,
debe estarse a lo considerado
en el caso anterior.