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DE JUSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CONSTITUCIONAL
Tomo 341 ID: fallos_341_863

Voces / Materias

HÁBEAS CORPUS

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 867 desarrollaba, recibieron como respuesta una seria advertencia que los hizo desistir de todo intento en favor de las víctimas. ,-,-,". En idénticos términos ría Susana Lebed. se expide Nélida Jáuregui, madre de Ma- I Han de ser tenidos ,en cuenta, además, el testimonio de América Edgardo' Salvarezo, padre de Mónica Salvarezo a quien lo unía idén- tico lazo de amistad con las ya citadas, quien narra que su hija fue aprehendida horas antes en la ciudad de La Plata, siendo obligada por sus captores a individualizar el domicili<;,de Lebed. Como consecuencia de su cautiverio se hicieron gestiones en procura de su paradero y libertad. Corre agregado a estas aCtuaciones el expediente N? 18.173 ca- ratulado "Lebed, Neri Aníbal s/recurso de hábeas corpus en favor de Lebed, María Susana; Ceci, Susana Mabel y otros" proveniente del Juzgado Federal N~ 3 de la Ciudad de La Plata. En él, el presentan te relata el suceso en que se detiene a Ceci de Rainero, en términos concordantes a 10 declarado ante este Tribunal. Del mismo nlodo, se encuentra suficientemente acreditado que ante una solicitud judicial la autoridad requerida contestó con men- dacidad. A fs. 6 de las actuadones citadas, la Policía Provincial informa que María Mabel Ced, como los demás beneficiarios de la acción no están, ni estuvieron detenidos en dependencias de la Repartición. Por su parte, el Comandante de la 10~Brigada de Infantería lo hace desconociendo todo tipo .de antecedente sobre la causante, mientras que el Ministerio del Interior, informa que el Poder Ejecutivo Na- cional no ha dictado medidas restrictivas de libertad contra ellas. A Susana Mabel Ceci de Rainero se la mantuvo clandestinamente en detención en la Comisaría de la localidad de Arana, perteneciente