DE JUSTICIA
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Tomo 341
ID: fallos_341_863
Keywords / Subjects
HÁBEAS CORPUS
Ruling Text
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
867
desarrollaba,
recibieron
como respuesta
una seria advertencia
que
los hizo desistir de todo intento en favor de las víctimas.
,-,-,".
En idénticos términos
ría Susana Lebed.
se expide Nélida Jáuregui,
madre de Ma-
I
Han de ser tenidos ,en cuenta, además, el testimonio de América
Edgardo' Salvarezo, padre de Mónica Salvarezo a quien lo unía idén-
tico lazo de amistad con las ya citadas, quien narra que su hija fue
aprehendida
horas antes en la ciudad de La Plata, siendo
obligada
por sus captores a individualizar el domicili<;,de Lebed.
Como consecuencia
de su cautiverio
se hicieron
gestiones
en
procura
de su paradero
y libertad.
Corre agregado
a estas aCtuaciones el expediente N? 18.173 ca-
ratulado
"Lebed, Neri Aníbal s/recurso
de hábeas corpus
en favor
de Lebed, María Susana;
Ceci, Susana Mabel y otros"
proveniente
del Juzgado Federal N~ 3 de la Ciudad de La Plata.
En él, el presentan te relata el suceso en que se detiene a Ceci
de Rainero,
en términos
concordantes
a 10 declarado
ante
este
Tribunal.
Del mismo nlodo, se encuentra
suficientemente
acreditado
que
ante una solicitud judicial la autoridad
requerida contestó con men-
dacidad.
A fs. 6 de las actuadones
citadas, la Policía Provincial informa
que María Mabel Ced, como los demás beneficiarios de la acción no
están, ni estuvieron
detenidos
en dependencias
de la Repartición.
Por su parte, el Comandante de la 10~Brigada de Infantería
lo hace
desconociendo todo tipo .de antecedente
sobre la causante, mientras
que el Ministerio
del Interior,
informa que el Poder Ejecutivo
Na-
cional no ha
dictado medidas restrictivas
de libertad
contra
ellas.
A Susana Mabel Ceci de Rainero se la mantuvo clandestinamente
en detención en la Comisaría de la localidad de Arana, perteneciente