DE JUSTICIA
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_875
Ruling Text
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
879
gada al legajo de la Comisión NaciOl,lal de Desaparición
de Perso-
nas, en el sentido de que luego del secuestro
de su padre, sus cap~
tares
se pusieron
en contacto
con su fan1ilia reclamando
un rescate
de 250.000 dólares por su libertad.
Manifestó
que
a raíz de dicha circunstancia,
se comunicó
con
autoridades
de la Policía Federal;
el Coronel Morelli, como ya se
dijo, se hizo cargo del operativo
tendiente
a lograr
la libertad
de
la víctima.
Agregó que las personas
que se encargaron
de la investigación
se identificaron
como el Teniente Arrán, el Subcomisario
Iglesias y
otro q~e se llamaba Durán, de quienes, a raíz de un oficio librado
por el doctor
Cisneros en la causa antes referida,
se informó
que
no revistaban
en la Policía Federal.
Declaró que, siguiendo instrucciones
de los captores,
el día 16
de julio arrojó
el dinero por la ventanilla
de un tren. En el legajo
mencionado
obran
copias de los mensajes
enviados por los secues-
tradores,
entre
los cuales figuran
las instrucciones
en tal sentido.
El dinero nunca fue recuperado.
No está probado que Rafael Andrés Perrota recuperó
su libertad.
En efecto, según los testimonios
de su hijo, nunca más volvió a
ser visto ni se tuvieron noticias
de él.
En cuanto
al conocimiento
que pudieron
haber
tenido
los Bri-
gadieres
Generales
Ornar Rubens
Graffigna
y Basilio
Arturo
Lami
Daza, el Teniente
General
Leopoldo Fortunato
Galtieri
y el Almi-
rante
Jorge
Isaac
Ariaya acerca
de la privación
de la libertad
de
que fuera víctima Rafael Andrés Perrota
y sobre cuya base debían
haber
formulado
la
pertinente
denuncia,
conviene
hacer. una
dis-
tinci.ón.
Con relación
a los Comandantes
de la Fuerza Aérea Argentina
y de la Armada .Argentina mal puede
adjudicárseles
conocimiento
de estos
hechos
si
se tiene presente
que se trató
de un procedi-
miento ajeno a ellos.
Respecto del Teniente
General Leopoldo For-