DE LA CORTE SUPRE.M.A
14/09/1976
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_902
Jueces
López
Texto del Fallo
906
I'ALtOS
DE LA CORTE SUPRE.M.A
A la nombrada,
como
se dijo,
se la mantuvo
ilegalmente
en cau-
tiverio
en el Regimiento
de Infantería
.9, con asiento
en la ciudad
de
Corrientes,
dependiente
del Tereer
Cuerpo
de Ejéreito.
En efeeto, desde su deteneión,
el 14 de septiembre
de 1976, hasta
]a fecha
en que se dispuso
su arresto
a disposición
del Poder
Ejecu-
tivo
Na7ional,
el 11 de octubre
de ese
año,
no .hubo
causa
alguna
que
justificara
su
privación
de libertad,
pues
no se inició
proceso
jl:ldicial o militar
en su contra.
Su
cautiverio
en
el
Regimiento
de
Infantería
9
se
acredita
con las constancias
del legajo formado a su respecto
por ]a Comi-
sión
Nacional
sobre
Desapar.ición
de Personas,
y con
el. certificado
que
aeompaña
el
deereto
de
su
arresto
a
disposición
del
Poder
Ejecutivo
Nacional,
que fuera remitido
por el Ministerio del Interior.
No se halla
acreditado
que con motivo
de su privación
de libertad
fuera
sometida
a algún
mecanismo
de tortura.
En efecto,
las constancias
obran tes en el legajo
de la Comisión
Nacional
sobre
Desapar.ición
de Personas
al respecto,
no se
encuen-
tran. avaladas
por
ningún
otro
elemento
de prueba.
Martha
Angélica
Alvarez
de Repeto
cesó
de
estar
arrestada
a
disposieión
del Poder
Ejeeutivo
Naeional
el día 9 de enero
de 1978.
Ello
se eomprueba
eon
las
constaneias
del
decreto
N~ 17/78
de esa fecha,
por el cual
se
dispuso
dejar
sin efecto
dicho
arresto.
Por último,
surge
de autos,
que el hecho
que
damnificó
a Mar-
tha Angélica Alvarcz de Repeto
fue desarrollado
de acuerdo
al pro.
eeder
deseripto
en la euestión
de hecho
N~ 146.
CASO N~ 273 bis:
LOPEZ
MUNTANER,
FRANCISCO
BARTOLOME
Se desprende
?el
expediente
N~ 1362, earatulado
"López
Mun-
taner,
Francisco
Bartolomé
s/recurso
de
hábeas
corpus",
del
re-