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DE JUSTICIA

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_907

Judges

Bermúdez

Ruling Text

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 911 tado a un transfornlador. Así era subido y bajado, y al tomar con- tacto con el piso recibía descargas eléctricas, las que se agravaban debido a que previamente su cuerpo había sido mojado. Sus dichos se tornan verosímiles, en tanto coinciden con los brindados por el grupo de personas antes individualizados. Estas refieren haber, padecido similares formas de torturas en el mismo lugar de detención y en la misma época. Se añade a lo expuesto, los dichos de los referidos Figueredo y Rama Molla ,en cuanto afirman que todos los allí cautivos eran tor- turados, incluido la víctima. Durante todo ese tienlpo o parte de él se le impusieron condi. ciones inhumanas de vida y alojamiento. En tal sentido, Dean B~rmúdez hace referencia a la escasez de alimentación, consistente en sobras de las que comían los guardias, como asinlismo a las incomodidades y frío que 'debió padecer. A mayor abundamiento, el Tribunal se remite a las argumen- taciones vertidas sobre este aspecto en los casos 136 y 137. Está probado que en los últimos días del mes de julio de 1976 se lo condujo clandestinamente junto a un grupo de personas en su misma condición a la República Oriental det Uruguay, de la que eran oriundos," Tanto la víctima como las personas aludidas precedentemente se refieren a ello, lo que, por lo demás, quedó acreditado al tratar el caso 136, al que cabe remitirse. Por último, surge 9-eautos, que los hechos que damnificaron a Nelson Eduardo Dean Bermúdez fueron desarrollados de acuerdo al' proceder descripto en la cuestión de hecho N'? 146.