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DE LA CORTE SUPREMA

26/04/1978 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_942

Ruling Text

946 FAu.oS DE LA CORTE SUPREMA ~ Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Ar- mando Angel Prigionc fue desarrollado de acuerdo al proceder des- cripto en la cuestión de hecho N? 146. CASO N? 306: SENRA, MARCELO GUAq'ERIO Está probado que Marcelo Gualterio Senra fue privado de su libertad cl día 26 de abril de 1978 en el domicilio de su madre, sito en Darragueira 2126, 1? "C" de esa Capital, por un grupo armado. Dicha circunstancia se encuentra suficientemente comprobada, a criterio del Tribunal, con las declaraciones de Teresa Alicia Gam- bini en sus distintas presentaciones judiciales, tanto en el expe- diente iniciado en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Instrucción N? 14, caratulado "Senra, Marcelo Gualterio s/privación ilegal de la libertad" cuanto en los' tres recursos de há- beas corpus que se interpusieron en su favor, y que se encuentran agregados en la causa. Manifestó Gambini que por los dichos de los vecinos pudo ente- rarse que el día 26 de abril de 1978 se presentó en su domicilio un grupo de hombres ar~ados, vestidos de civil, quienes detuvieron a su hijo, llevándoselo con destino desconocido. A fs. 8 del expediente antes mencionado declaró cl entonces Co- misario Benito De Vincerizi, quien residía en el mismo edificio que Senra. Manifestó que el día del hecho en horas de la noche, varias pers.onas vestidas de civil penetraron en el edificio y se dirigieron al departamento "C". En su condición de policía, les pidió que se iden- tificaran y así lo hizo quien comandaba el grupo, con una cédula que lo acreditaba como Primer Teniente de la Fuerza Aérea Argentina, donde constaba que su nombre era Jorge Moyana. Dicho oficial le manifestó que se trataba de un operativo de fuerzas conjuntas y debían reali7.ar una inspección domiciliaria. Estas afirmaciones fueron ratificadas por su. esposa, Marta. Aurelia Ofelia Artuso de De Vincenzi, a fs. 10.