DE LA CORTE SUPREMA
26/05/1978
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 341
ID: fallos_341_946
Keywords / Subjects
BANCO
PROPIEDAD
ROBO
Ruling Text
950
FAu.oS
DE LA CORTE SUPREMA
Todas
estas
manifestaciones
no
se
encuentran
corroboradas-
por otros elementos
probatorios, .como pucdc.o ser testigos
de cau-
tiverio,
ni
la
denunciante
ratificó
sus
dichos
ante
autoridades
ju.
diciales.
Tampoco
se pudo
lograr
establecer
el paradero
del
ro-
dado, tal como
surge del informe remitido por el Registro Nacional
de
la
Propiedad
del
Automotor.
Por
último,
no
logra. modificar
este' cuadro
probatorio
la
declaración
aportada
por
Horacio
Cid
de la Paz y Osear
Alfredo
González.
CASO N~ 309: CABASSI, MARIO GUILLERMO
Está
probado
que
Mario
Guillermo
Cabassi
no
fue
vuelto
a
ver desde
el día 26 de mayo de 1978.
\
ElJo se
encuentra
acreditado,
según
entiende
el
Tribunal,
con
los términos
de la presentación
efectuada
por su hermana, ~aría
Florencia
Cabassí,
a fs. 1 del recurso
de hábeas
corpus
interpues-
to ante
el Juzgado
en lo Penal N~ 6 de La Plata
(causa
44.782), el
14 de junio
de 1979. En
esa ocasión,
manifestó
que el día
26 de
mayo
de 1978 su hermano
salió
de su hogar,
desconociéndose
su
posterior
paradero.
No
está
probado,
sin
e~bargo
que
]0 hubiesen
priva90
de
li-
bertad
miembros
de
las
fuerzas
arm~das
o
de
seguridad.
En efecto,
los elementos
de prueba
que han podido
recogerse
en
autos
resultan
insuficientes
para
acredita,"
tal
circunstancia.
La documentación
aportada
por
Cid. de
la Paz como
comple-
mento
de
su
decla~aci6n
por
exhorto,
110
posee
la
fuerza
legal
de una declaración
testimonial
y sólo
ha de ser tenida
como
in.
dicio.
Por otra
parte,
en su
declaración
obrante
en
el
legajo
for-
mado
por
la Comisión
Nacional
sobre
Desaparición
de Personas,
Mario
César
Villani
no
menciona
a
Cabassi
entre
las
personas
con las cuales compartió
su cautiverio
en "El Banco"
y "El OIim-